Fumar en la playa puede costar 450 euros y bañarse con bandera roja unos 1.500 en Gran Canaria, no controlar al perro en Ibiza hasta 3.000 y pescar sin autorización en Valencia hasta 90.000, pero sin una legislación estatal todo depende del último bando municipal o del organismo competente.

La ausencia de una ley nacional y el exceso de normas locales puede convertir la visita a la playa en una aventura para los turistas que desean acampar, practicar nudismo o reservar un sitio con la sombrilla, que deben estudiar las ordenanzas municipales para saber qué pueden hacer y qué no.

Pese a la existencia de una Ley de Costas para toda España, hay "lagunas legales" que emplean comunidades autónoma con determinadas competencias -como Andalucía y Cataluña-, ayuntamientos e incluso diputaciones y mancomunidades para introducir sus propias regulaciones, ha explicado a Efe Antonio Reina, letrado especializado en esta legislación.

Reina lamenta el "exceso de normativa reguladora" porque conduce a un constante choque competencial: "es absurdo que las playas de un municipio dispongan de una norma y, en las del al lado, se aplique otra diferente".

Según informaciones recabadas por las distintas delegaciones de la Agencia Efe, en el litoral existen numerosas playas acotados para los perros: Bocabarranco (Las Palmas de Gran Canaria), Figueretas (Ibiza), El Rinconín (Asturias), Llevant (Barcelona), entre otras.

La mayoría exige llevar atado al perro, portar su documentación, recoger sus excrementos y responsabilizarse en caso de desperfectos.

Sin embargo, su presencia puede afectar a la calidad del lugar aunque "se porte bien", como ha sucedido en Pinedo (Valencia) que acotó una zona especial para canes y eso le ha supuesto perder su bandera azul.

"Comprendo a los dueños de mascotas pero no están permitidas formalmente en toda la costa española durante las 24 horas del día por motivos sanitarios", ha advertido Antonio Alcedo, presidente de la Asociación Profesional de Playas y Medio Ambiente (Apyma), ya que, por ejemplo, "la combinación de orines de perros con temperaturas elevadas provoca la aparición de pulgas".

Pese a las regulaciones locales, la Ley de Costas "no permite la exclusividad y determina que la playa es libre y gratuita", añade, por lo que destinar áreas específicas para animales, así como para nudistas, militares, homosexuales o cualquier otro colectivo supone una "privatización parcial" que incumple esa norma.

Por la misma razón, ocupar la primera línea de playa con sombrillas y toallas tampoco es legales: nada impide ir a primera hora, pero no se puede reservar sitio y el bañista debe permanecer junto a sus pertenencias.

"Las playas no tienen dueño, no se paga por acudir y no se pueden privatizar bajo ningún concepto", ya que "son de todos los españoles", recalca.

Algunos ayuntamientos multan esta actitud, como en San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), en cuyas playas de Maspalomas y Playa del Inglés se castiga con hasta 750 euros dejar la sombrilla para reservar sitio.

Hay excepciones, como Águilas (Murcia), donde sí es lícito guardar el sitio, o San Sebastián, donde algunos bañistas utilizan las antiguas casetas de madera y cuyo uso se remonta al siglo XIX cuando eran empleadas por las mujeres para cambiarse de ropa.

En cuanto al tabaco, no está prohibido fumar al aire libre, aunque algunos municipios gallegos, levantinos o canarios reivindican las "playas sin humo" como sucede en Mogán (Gran Canaria), uno de los primeros que fijaron espacios con veda absoluta de fumar y violarla supone una multa de 450 euros.

Para la retirada de las colillas no existe maquinaria específica, por lo que su limpieza es complicado, sobre todo en litorales pedregosos como en la costa granadina o en los finos arenales gaditanos y onubenses.

La acampada libre, en general, no está permitida. Tampoco estacionar una autocaravana en la vía pública: en San Javier (Murcia) la multa puede ser de hasta 1.500 euros por dejar el vehículo más de tres días en el mismo sitio.

Los nudistas tampoco deberían esconderse, en opinión de Alcedo, pues "nada impide que una persona se bañe desnuda si quiere, siempre que no incurra en prácticas que conlleven alteración del orden público como el exhibicionismo, el morbo o el sexo".

Pescar para pasar al rato -en la orilla, en barca o practicando submarinismo- puede exigir autorización que, de no tenerla, conlleva multas de hasta 90.000 euros en el caso de Valencia.

Y, por supuesto, las imprudencias también se pagan: hasta 1.500 euros por bañarse con bandera roja en Gran Canaria y hasta 30.000 por acercarse con una moto náutica a menos de 200 metros de la orilla en Fuerteventura, por ejemplo.