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Canarias, donde más víctimas de malos tratos hay por cada 10.000 mujeres

En el primer trimestre de este año se presentaron en los juzgados de las Islas 2.423 denuncias por violencia machista

Fachada de la Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria.

Una de cada 500 mujeres denuncia en Canarias ser víctima de malos tratos según los datos que maneja el observatorio contra la violencia doméstica y de género del Consejo General del Poder Judicial. Solo durante el primer trimestre de 2016 se presentaron en los juzgados de las Islas un total de 2.423 denuncias por violencia de género, con un ratio de 22,83 víctimas por cada 10.000 mujeres (el registro más alto del país). Del total de denuncias por violencia de género en Canarias, en 672 casos, las víctimas se acogieron a su derecho de negarse a declarar ante el juez por diferentes motivos.

El Archipiélago tiene, una vez más, la mayor cantidad de denuncias en relación a su número de habitantes. Le siguen Baleares, Murcia, Valencia y Andalucía, comunidades que también suelen ocupar los primeros puestos en este tipo de estadísticas. A nivel estatal, el número total de denuncias fue de 33.917, con una media de 13,52 víctimas de violencia de género por cada 10.000 mujeres. Eso coloca al Archipiélago con casi diez puntos por encima de la media del país.

De la misma forma, los juzgados de las Islas recibieron 462 solicitudes de órdenes de protección. De estas, 51 no fueron admitidas; 262 resultaron favorables para las víctimas; y, en 149 ocasiones, se resolvieron de forma negativa. Según la ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 544, un juez puede dictar orden de protección para las víctimas de violencia doméstica en los casos en que exista "indicios fundados de la comisión de un delito o falta contra la vida, integridad física o moral, libertad sexual, libertad o seguridad" de los denunciantes.

Esta orden de protección, que puede solicitarse directamente ante la autoridad judicial o el Ministerio Fiscal, o bien ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, las oficinas de atención a la víctima o los servicios sociales o instituciones asistenciales dependientes de las administraciones públicas, será acordada por el juez de oficio a instancias de la víctima.

Alejamiento

En la misma normativa se establece que el juez, en los casos en los que se investigue un delito de estas características, puede, siempre de forma motivada y cuando resulte estrictamente necesario con el fin de proteger en todo momento a la víctima, imponer cautelarmente al inculpado la prohibición de residir en un determinado lugar, barrio, municipio, provincia o comunidad autónoma.

En las mismas condiciones, también puede imponerle cautelarmente la prohibición de acudir a determinados lugares, con la graduación que sea precisa y siempre de forma motivada y justificada. Para la adopción de estas medidas se tendrá en cuenta la situación económica del presunto agresor y los requerimientos de su salud, situación familiar y actividad laboral, así que en muchos casos ese alejamiento viene condicionado por su situación personal y no por su relación con la víctima. En este caso, según los datos que maneja el observatorio contra la violencia doméstica y de género del Consejo General del Poder Judicial, durante el primer trimestre de 2016 se abrieron en Canarias un total de 109 expedientes para garantizar la integridad de las víctimas. De estas, solo una fue inadmitida a trámite, 92 resultaron aprobadas por los juzgados y en un total de 16 casos, la resolución fue denegada por el órgano judicial competente.

En caso de incumplimiento por parte del inculpado de la medida acordada por el juez, este puede convocar su comparecencia para la adopción de prisión provisional o cualquier otra medida cautelar que implique una mayor limitación de su libertad personal. Para tomar esa decisión, se tendrá en cuenta la incidencia del incumplimiento, sus motivos, gravedad así como las demás circunstancias en las que se produjo la agresión.

Otros casos

De las 2.423 denuncias presentadas, el observatorio del Consejo General del Poder Judicial señala que en al menos siete casos la víctima no fue una mujer de forma directa. Sin embargo, no aclara si esas víctimas son hombres que denunciaron a sus parejas también por violencia de género o incluso menores afectados por una situación de peligro. Tampoco descubre si las denuncias fueron presentadas directamente por los denunciantes o por terceras personas para salvaguardar su integridad.

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