Cuando se estudia el control demográfico en las sociedades indígenas resulta paradigmático el llamado "estatuto de matar las niñas" en Gran Canaria: la orden de matar a las recién nacidas cuando había exceso de población y escasez de alimentos. Así lo recoge la historia escrita por fray Juan de Abreu Galindo, uno de los documentos que recopila el investigador Antonio Marcos López en Proyecto Tarha, que ha promovido para la investigación y divulgación de la historia antigua de las Islas Canarias a partir de las fuentes documentales.

Antonio Marcos López, que es especialista en I+D+i en el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, proyecta desarrollar esta iniciativa con una base de datos documental de acceso público con recursos para ayudar a reconstruir cronologías, generación automática de biografías y búsqueda rápida de referencias bibliográficas sobre eventos, personas y manifestaciones etnográficas.

Entre los documentos accesibles desde Proyecto Tarha se encuentran las fuentes relativas al control demográfico en Gran Canaria, donde se llegó a contabilizar 14.000 personas, predominaban las mujeres y, según la crónica de Abreu Galindo, "no se cogían frutos que bastasen a su sustento y por no vivir en estrechura, entrando en consulta y congregación a que llamaban Sabor".

Este era un consejo de nobles isleños que acordaron un estatuto para que se matasen todas las hembras que de allí en adelante naciesen siempre que no fuesen fruto del primer parto de una mujer, porque reservaban estos vientres "para su conservación".

Suscribe esta afirmación el relato de Pedro Gómez Escudero quien, además, señala que habían diez mujeres por cada hombre "matizando que catorce mil era el número de familias indígenas residentes en Gran Canaria", añade el investigador. Sin embargo, Leonardo Torriani, contemporáneo de Abreu Galindo, ofrece una versión del estatuto en la que no hace distinción de sexos, pues indica que pocos años antes de que la isla de Canaria fuese conquistada "creció la gente en tanta cantidad que ya no bastaban las cosechas para su manutención, y empezaron a padecer carestía".

Por ello y "obligados por la necesidad para que no perecieran todos hicieron una ley inhumana, que se matasen todos los hijos después del primer parto".

Antonio Marcos López plantea la cuestión de si el estatuto de matar las niñas representa un simple caso de control demográfico o si, además, constituye una práctica eugenésica impuesta por las élites gobernantes al conjunto de la antigua sociedad indígena grancanaria, pues la declaración de Abreu Galindo deja claro que la decisión la tomó el Sabor o consejo de nobles isleños.

Un hijo por familia

El fraile asevera que se mataba a todas las hembras salvo a la nacida en el primer parto, de lo que se infiere que todos los varones paridos por una misma mujer conservaban la vida, con independencia de su número. Esto no parece una medida muy eficaz de control demográfico para hacer frente a una época de hambruna "salvo que los antiguos diesen prioridad a disponer de numerosos hombres de pelea" frente a una población femenina ya de por sí abundante, decisión quizá comprensible frente a la constante amenaza de las incursiones europeas.

En cambio, Torriani atestigua una opción posiblemente más racional desde una óptica de puro control demográfico: permitir la supervivencia de un único neonato por parturienta, con independencia de su sexo.

En cualquier caso la decisión parece que probablemente estuviese orientada a la preservación de la estirpe noble indígena a través de su particular derecho de pernada, según describe, entre otros, el cronista Andrés Bernáldez, quien relata cómo antes de casar a una doncella la ponían "a engordar" y había de dormir con la muchacha "uno de ellos primero que el desposado, cual ella quisiese".

También confirma esta práctica Abreu Galindo cuando habla de que a la casadera la tenía echadas treinta días y le daban brebajes de leche y gofio para que engordasen y primero que se entregase la doncella a su esposo "la noche antes se la entregaba al Guanarteme para que le llevase la flor de su virginidad".

De esta manera, precisa Antonio Marcos López, los únicos nacidos durante la vigencia del estatuto eran individuos candidatos a incorporarse al estamento privilegiado tras alcanzar cierta edad, en la que serían sometidos a las pruebas de confirmación de nobleza, en el caso de los varones, o posiblemente se unirían a la institución de las harimaguadas, en el caso de las mujeres.