A final de diciembre de 2016, 48 horas después de que el caso de las anomalías en las cotizaciones de casi 3.500 trabajadores saltara a los medios de comunicación, la gerencia del complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil ya advirtió que recurriría las actas de liquidación levantadas en su contra por Trabajo al esfrimir una "disparidad de criterios referidos al modelo de cotización de las cuotas de la Seguridad Social" que realizó el centro sanitario frente al que el organismo nacional "considera que se debería haber realizado".

Con esa divergencia como punto de partida, el complejo sanitario consideraba que la totalidad del incentivo por productividad variable que abonó a 3.476 trabajadores durante dos años se podía ingresar en marzo -con base de cotización íntegramente en esa nómina-, mientras que el ente del Estado estimaba que ese bonus se debía prorratear en las bases de cotización de cada trabajador durante los 12 meses del año natural, no en una sola nómina.

El informe de Inspección de Trabajo, entre sus cuatro folios, apuntaba que "el Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil no ha cotizado de forma adecuada el concepto salarial denominado productividad variable incentivos, ya que no ha procedido a prorratear su importe entre los meses del año natural en el que se ha abonado, por lo que se procede a extender cuatro, uno por cada código de cuenta de cotización, actas de liquidación por diferencias en bases, de conformidad con lo establecido en el artículo 34.1b de la Ley General de la Seguridad Social aprobado en 2015 [diferencias de cotización por trabajadores dados de alta, resulten o no directamente de las liquidaciones o datos de cotización transmitidos o de los documentos de cotización presentados, dentro o fuera de plazo]".