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EFE
El Tribunal Supremo (TS) rebajó de nueve años y medio a cinco años y medio de cárcel la condena a una mujer que mató al violador de su hija de 13 años en Benejúzar, en la provincia de Alicante, al aplicarle la eximente incompleta de trastorno mental transitorio.
Así lo acordó la sala de lo penal del Supremo en una sentencia, en la que estima el recurso de María del Carmen G. contra la dictada por la Audiencia Provincial de Alicante en julio del año pasado.
La Audiencia de Alicante condenó a María del Carmen G. a ocho años y seis meses de cárcel por asesinar a Antonio C.V., lo que el TS rebaja a cinco años, y a un año por un delito de lesiones, pena que el Supremo reduce a seis meses de prisión.
Según la sentencia, la procesada sufría un trastorno adaptativo mixto provocado por la violación de su hija, con un síntoma ansioso depresivo, lo que "tuvo una especial trascendencia en la comisión de los hechos".
"Tales factores psicológicos, unidos al hecho de la visión y acercamiento a ella de la víctima, reactiva la obcecación que tenía con Antonio C.V. desde la violación de su hija, provocando un estado emocional y de ansiedad de tal intensidad que fue más allá de lo que podría calificarse de una parcial ofuscación", añadió.
Además, el fallo señaló que "el estímulo exterior recibido fue de tal calado emocional, que su reacción fue proporcional a su acción agresiva", por lo que el Alto Tribunal le aplica una eximente incompleta, aunque no le exime de responsabilidad porque "sus capacidades de conocer y querer se encontraban conservadas, aunque limitadas".
Para el TS la alteración psíquica que sufría la procesada no anulaba su voluntad e inteligencia, pero sí provocaba una notable disminución de sus facultades de entendimiento y, por tanto, una disminución del control de sus impulsos.
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