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Absueltos los policías de Arrecife acusados de torturas

La Audiencia considera que los hechos denunciados no han quedados acreditados suficientemente

 14:35  

ACN PRESS La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto este miércoles a los policía locales de Arrecife de Lanzarote Miguel Ángel Hernández, Manuel Hernández, José Miguel Ortega y Juan José de León de los delitos de detención ilegal, falsedad en documento oficial, torturas y falta de lesiones en aplicación del principio 'in dubio pro reo' debido a que los hechos denunciados "no han quedado suficientemente acreditados".

La Sala considera probado que dos de los policías patrullaban sobre las 4:15 horas del día 15 de diciembre de 2005 por la zona de La Rapadura de Arrecife y que tras observar cómo una motocicleta estaba siendo conducida haciendo zigzag decidieron darle el alto al conductor, José Miguel Cedrés, al que piden la documentación y que carece de permiso de conducción y de seguro obligatorio.

Los agentes decidieron entonces inmovilizar el vehículo y proceder a rellenar el boletín de denuncia. Entonces, José Miguel Cedrés les pide que le trasladen a su domicilio a lo que los agentes le dicen que no,iniciándose una discusión entre ellos.

Uno de los agentes pidió apoyo de otros compañeros, a la que respondieron los otros dos policías absueltos. Cuando están los cuatro agentes juntos proceden a detener, sin que haya quedado acreditado el motivo, a José Miguel Cedrés, reduciéndole, tirándole al suelo para una vez engrilletado introducirlo en el vehículo policial y llevarlo al centro de salud donde procedieron a curarle las heridas que presentaba y que se produjeron durante la detención.

Cedrés resultó con lesiones consistentes en erosión superficial a nivel frontal así como contusión en esa área, herida superficial por rozadura contra el suelo y tumefacción dolorosa retroauricular izquierda, que le produjo una disminución auditiva transitoria. Para la curación de estas lesiones ha precisado una asistencia facultativa, tardando en curar siete días, ninguno de los cuales ha estado impedido para sus ocupaciones habituales, no resultando con secuelas.

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