Un acusado de abusar sexualmente de su hija de 12 años ha negado hoy los hechos que se le imputan ante la Audiencia de Las Palmas y ha dicho que la niña se los inventó porque la regañó y que sólo cuando era más pequeña le introdujo una vez los dedos en su ano porque sufría estreñimiento.

El acusado, en prisión preventiva por estos hechos, se enfrenta a una pena de 10 años de prisión, mientras que la madre de la menor a ocho años por no haber denunciado los hechos cuando se los contó su hija en abril de 2009, pues afirmó que dudó porque no se podía creer que su marido fuera capaz de actuar así después de quince años de matrimonio.

La madre explicó al tribunal que el mismo día en que la niña le contó lo sucedido habló con el padre, quien se lo negó.

Así mismo, indicó que acordaron llevar a la niña al día siguiente a la pediatra, quien comentó a la madre que la hija presentaba una fisura en el ano que podía ser a causa del estreñimiento o de una penetración, por lo que explicó que siguió teniendo dudas.

No obstante, la madre aseguró que después de que su hija le contara lo sucedido se aseguró de no dejarla a solas con el padre, quien afirmó que no era de esos "padres salvajes" y que "jamás haría eso".

La hija un mes y medio después de contarle los hechos a su madre los puso en conocimiento de la tutora del centro donde estudiaba y se procedió a la detención de su padre.

Según la fiscal, el padre supuestamente comenzó a abusar de la menor desde mediados de febrero de 2009, cuando con la excusa de que padecía de estreñimiento la llevó a la habitación, donde después de introducirle el dedo en el año la penetró con el pene, hechos que ocurrieron hasta en cuatro ocasiones.

La fiscal en sus conclusiones provisionales solicita para el acusado, además de 10 años de cárcel por el delito continuado de abuso sexual, la prohibición de acercarse a la menor por un tiempo de 15 años y la inhabilitación de la patria potestad durante 6 años.

Para la madre, a quien acusa de un delito de omisión de los hechos, también exige la prohibición de aproximarse o comunicarse por un periodo de ocho años con su hija, para quien solicita una indemnización por parte de ambos de 60.000 euros ante los daños morales causados.