La Audiencia de Las Palmas ha condenado a tres años de cárcel a un policía local de la capital grancanaria que se inventó una multa de tráfico con el único propósito de vengarse de un vecino con el que había tenido un encontronazo unos días antes y que había pedido su número de placa.

La sentencia considera probado que el policía local Francisco C.O., de 38 años, multó en la madrugada del 10 de octubre de 2010 a un coche que estaba aparcado en el barrio de El Lasso de Las Palmas de Gran Canaria, con el argumento de que llevaba 48 horas estacionado en el mismo sitio, sin realizar comprobación alguna.

Sin embargo, se da la circunstancia de que el vecino afectado había tenido su coche ese mismo día en un aparcamiento de pago, donde quedó constancia de su presencia durante casi tres horas.

La Audiencia subraya que en este procedimiento no hay duda alguna de que el acusado "faltó a la verdad", por lo que entiende que la clave reside en determinar si lo hizo solo por una negligencia profesional o sabiendas de que mentía.

Los magistrados concluyen que existen pruebas de que unos días antes el agente Francisco C.O. tuvo un incidente con ese mismo vecino, cuando este reclamó la presencia de la policía en su barrio por un problema relacionado con la salud pública.

La sentencia precisa que esa solicitud de ayuda a la Policía Local derivó en una discusión delante del coche del vecino, en la que el agente llegó a solicitar a este que se identificara.

En correspondencia, el ciudadano pidió al agente y a sus compañero que le dieran sus números de placa y estos le apuntaron dos identificaciones que resultaron ser falsas (de hecho, uno correspondía al del jefe de la Policía Local de la ciudad).

Durante el juicio, el procesado no pudo explicar por qué acudió de nuevo de madrugada a ese barrio y se fijó en concreto en ese coche. Solo dijo que había recibido una información de un ciudadano, pero ni siquiera su compañero de patrulla pudo corroborarlo.

La Audiencia concluye que su actuación "no fue negligente", en el sentido de que "no respondió a una simple omisión de la diligencia exigible" para comprobar si ese coche llevaba o no aparcado en el mismo sitio más de 48 horas, ni tampoco respondió a "una simple casualidad".

"La condena no se deriva del mero hecho de haber extendido un boletín de denuncia sin llevar a cabo las comprobaciones correspondientes, la condena se deriva del hecho de que toda esta intervención policial es fruto de un deseo de venganza frente a quien días antes se había enfrentado a él", resume el magistrado Nicolás Acosta González, ponente de la sentencia.

El tribunal recuerda además que, en este caso, fue el propio Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria el que denunció los hechos ante la Fiscalía, para luego personarse como acusación.

La Audiencia condena por estos hechos a Francisco C.O. como autor de un delito de falsedad en documento oficial a tres años de cárcel, 1.800 euros de multa y dos años de inhabilitación especial para desempeñar empleos o cargos públicos.

No obstante, el propio tribunal considera que la pena de prisión que corresponde imponerle (la mínima para ese delito) resulta "desproporcionada" para los hechos que cometió, por lo que recomienda al Gobierno que se la reduzca con un indulto parcial.