Dos años de internamiento en un centro en régimen cerrado y un año más de libertad vigilada. Esta son las medidas de reforma que finalmente han pactado la Fiscalía de Menores de Pontevedra y la representación legal del joven pontevedrés, menor de edad en el momento de los hechos, que fue detenido por agredir al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, durante un acto electoral en una céntrica plaza de la ciudad gallega en diciembre.

Algunas fuentes explicaron que la sentencia del juzgado de Menores de Pontevedra se dictó el pasado 12 de mayo, después de la celebración de una vista en la que el menor reconoció los hechos que se le imputaban tras alcanzarse un acuerdo de conformidad entre su abogado y la Fiscalía.

Ya en el momento de su comparecencia judicial en Pontevedra tras la agresión, el 17 de diciembre pasado, el joven había cambiado su euforia inicial ante lo sucedido (durante la detención se había mostrado desafiante con los pulgares en alto) por un sentimiento de arrepentimiento que manifestó ante el juez, según indicó entonces su abogado.

El delito por el que se le impone esta medida de dos años de internamiento en régimen cerrado (que es la más dura que prevé la ley del menor) es el de atentado contra la autoridad. En el momento de los hechos, la Fiscalía de Menores solicitó su internamiento como medida cautelar al aplicar una "circunstancia de extraordinaria gravedad recogida en el artículo 550, 1 y 3 del Código Penal", que se debe observar cuando la agresión se produce contra miembros del Gobierno o de las altas instituciones del Estado.

La defensa señaló en su momento que el joven, cuya familia tiene un parentesco lejano con la esposa de Rajoy. El adolescente presentaba problemas de adaptación y conductas conflictivas en varios de los centros educativos en los que ha estado matriculado. No pertenece a ningún partido, ni a ninguna otra organización-

El presidente del Ejecutivo confirmó a los medios de comunicación al día siguiente de la agresión, que no presentaría denuncia contra el joven.