Dos personas han sido detenidas, un joven de unos 20 años y un menor de edad, ambos de origen marroquí, como presuntos autores de un abuso sexual por mantener el pasado martes relaciones sexuales con una niña de 14 años en la playa de Alcaravaneras, en Las Palmas de Gran Canaria. La Policía Nacional confirmó ayer que está investigando los hechos.

Todo ocurrió entre las siete y media y las ocho de la tarde de antes de ayer, a plena luz del día. En el lado sur de la playa capitalina, donde se encuentran las palmeras y existe un asentamiento de casetas, una persona mantenía relaciones sexuales a la vista de los transeúntes. Ante esto, varias patrullas de la Policía Nacional se personaron en el lugar y corroboraron la información.

Al identificar a la pareja, los agentes comprobaron que se trataba de un joven de origen marroquí, de unos 20 años, que estaba teniendo sexo con una menor de edad, de 14 años, según indicaron las fuentes consultadas. Ante esta situación, los agentes procedieron a detenerlo como presunto autor de un delito de abuso sexual al mantener relaciones con un persona menor de 16 de años, tal como establece el Código Penal, que penaliza estos hechos incluso si hay consentimiento de la persona al entender que no tienen capacidad para consentir.

Asimismo, los agentes procedieron a arrestar a un menor de edad, que presuntamente estaba bajo la posesión de sustancias estupefacientes. La investigación también trata de determinar si la menor de edad se encontraba bajo las influencias de las drogas y si esto pudo influir a la hora de que se consumaran los hechos.

La actuación de los policías nacionales fue presenciada por varios testigos, que vieron cómo en la zona de las palmeras, donde hay instaladas casetas de campaña donde residen extranjeros en situación irregular, se personaban los agentes para proceder a la detención de las dos personas.

Delito desde 2015

Las relaciones sexuales con menores de 16 años son delito desde hace relativamente poco. En 2015 se produjo una reforma del Código Penal español que fijaba esta edad a partir de la cual una persona, independientemente del sexo, puede o no consentir una relación sexual. Con esta modificación se igualaba con la mayoría de los países de la Unión Europea (UE).

La edad de consentimiento ha ido variando con el paso de los siglos. En 1822 dependía de si el niño o la niña que era víctima no hubiera cumplido «la edad de la pubertad». El Código Penal se modificó en 1848, estableciéndolo en los 12 años. Esta edad se mantuvo hasta 1999, cuando una nueva reforma la elevó hasta los 13, que ya por entonces era la más baja de la UE donde las edades diferían entre los 14 años de Alemania, Portugal o Italia, hasta los 17 de Irlanda y Chipre o los 18 años de Malta.

El Comité de los Derechos del Niño ya recomendó en 2007 la posibilidad de elevar la edad, aunque esto no se produjo hasta 2015, cuando se volvió a modificar el artículo 183 del Código Penal y se estableció en 16 años. Este delito está castigado con penas de 2 a 6 años de prisión.