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El inglés perseguido

El empresario agrícola Mister Leacock fue detenido tras el golpe de Estado y tuvo que pagar importantes cantidades para liberar su patrimonio intervenido

Mister Leacock. ARCHIVO DE SERGIO AGUIAR Y AUGUSTO ÁLAMO

David John. Leacock, conocido popularmente como Mister Leacock, de nacionalidad británica, nació en Funchal (Madeira) en 1890, en el seno de una familia de empresarios vinculados a la producción de vinos. Su padre, Mr. John Milburn Leacock, a finales del siglo XIX creó diversas empresas en Canarias, residiendo primero en Las Palmas y más tarde en Guía donde compró una fábrica azucarera y tierras en Gáldar, siendo un destacado exportador de plátanos. En el mes de mayo de 1915, en la ciudad de Laussane (Suiza), fallecía siendo en aquel momento uno de los más destacados comerciantes y empresarios de la comarca norte y de la isla de Gran Canaria.

Guía, Gáldar, Agaete y La Aldea, fueron aquellos municipios que se vieron beneficiados principalmente por la labor de David J. Leacock a partir de 1915, cuando al fallecimiento de su padre se hace cargo de sus propiedades, que no sólo conserva sino que aumenta considerablemente. Su formación universitaria, ingeniero industrial por la Universidad de Cambridge, su tesón y su proverbial visión de futuro, hizo posible que aquella comarca depauperada de los años 20-30 del pasado siglo, fuera poco a poco adquiriendo mayores cotas de riqueza y de bienestar social.

A través de su primera esposa, Jessie Etchell, entró en contacto con el denominado Círculo o grupo de Bloomsbury (formado por intelectuales británicos y al que pertenecía el economista John M. Keynes), cuando le echaron en cara que su marido era un hombre de negocios contestó que "mi marido es empresario, pero es socialista".

Sobre su vinculación con ideas socialistas o comunistas es muy sintomático que en su casa se leyera el Daily Worker un periódico editado en la ciudad de Nueva York por el Partido Comunista de los Estados Unidos (Cpusa). La publicación de este periódico comenzó en 1924. Al respecto decir también que su hijo Richard Leacock, un año antes de su fallecimiento en una entrevista con el investigador Alexander Mayer Feria en París, afirmó que su padre "no era socialista, que su padre era comunista convencido".

Cuando se produce el alzamiento el 18 de julio de 1936, Mr. Leacock es detenido junto a su segunda mujer (su primera esposa había fallecido en 1933), según diversos documentos militares conservados "por hechos anteriores al Movimiento en los que su actuación fue muy semejante a la desarrollada por los elementos que integraban el Frente Popular".

La realidad es que la persecución a la que fue sometido Mr. Leacock fue muy sutil por parte de los militares golpistas y estuvo plagada de subterfugios, según se desprende de la documentación conservada en archivos militares españoles y en archivos británicos, especialmente en The National Archives, fondo del Foreing Office; porque en primer lugar su libertad tuvo que pagarla, disfrazándose la misma como un donativo que este hacía a las autoridades militares.

Primero pagó 5. 000 pesetas por recomendación del cónsul de Las Palmas Mr. Head, con la promesa de que no volvería a ser molestado. Pero nada más lejos de la realidad, cuando todo parecía que estaba resuelto, su libertad no llegaba, por lo que el cónsul general en Canarias, radicado en Tenerife, Mr. Patterson, se desplazó a Gran Canaria en el buque de guerra HMS Amphion, que había llegado a Tenerife el 24 de julio de 1936, rumbo a Sudáfrica.

Como describe el propio David Leacock, en una carta enviada al secretario de estado del Foreing Office con fecha de 13 de agosto de 1936 cuando ya había abandonado Gran Canaria y se encontraba en Londres, tuvo que hacer una nuevo "donativo" por indicación del cónsul Patterson, en esta ocasión de 20.000 pesetas, precisamente el mismo día que se ausentó de Gran Canaria con destino a Inglaterra. Según informe de Patterson esto ocurrió el 2 de agosto de 1936.

Leacock lo denomina multa sin ambages en su misiva al Secretario de Estado, si bien en la correspondencia conservada entre el consulado británico y las autoridades militares españolas se denomina muy diplomáticamente donativo. Es más, Patterson en su correspondencia manifiesta que: " ?se hizo formal promesa de que no se volvería a causar molestia alguna al Sr. Leacock y menos a sus intereses, promesa que hicieron el coronel Sr. Cáceres Sánchez y el teniente Coronel Sr. Martínez Fusset, una vez entregado al Consulado un informe confidencial de la razones que habían tenido para lo hecho con anterioridad?" Sobre este informe decir que no hemos podido localizarlo.

Pero a Mister Leacock no sólo se le impone una multa de 25.000 pesetas, sino que se le obliga a poner al frente de sus negocios a un ciudadano español, este sería Manuel Puiggari Anglasell, si bien tenía un apoderado inglés Mr. Federico Ernesto Clark. Al respecto se queja ante el Ministerio de Asuntos Exteriores británico: "Tuve que dejar un poder de representación de la administración de mi negocio a un sujeto español aprobado por las autoridades militares. Me vi obligado a estar de acuerdo con esto y nosotros salimos de la isla con sólo la ropa".

Además, se muestra convencido de que la intención de las autoridades militares es destruir su negocio, amparándose en acciones realizadas por él (no indica cuáles), de tal manera que le sirva para justificar la confiscación de su propiedad. Aunque manifiesta: "Deseo afirmar categóricamente que ni mi esposa ni yo tomamos parte en la oposición a la ocupación militar, ni tampoco ninguno de los dos ayudó a los funcionarios del gobierno local o líderes políticos para escapar".

Este comentario hay que enmarcarlo en la huida del diputado comunista Eduardo Suárez Morales y Fernando Egea Ramírez, Delegado Gubernativo en el Norte de Gran Canaria, que organizaron la resistencia contra los golpistas en la comarca norte, y que en su huida, según datos recabados por el Cronista Oficial de La Aldea, Francisco Suárez Moreno, se pertrecharon de combustible en el fallido intento de escapar de la Isla, en el pozo propiedad de Mr. Leacock en Agaete. Además de que diversas fuentes orales señalan que el chófer de Mr. Leacock fue el que los llevó desde Guía a Agaete.

En ese momento, según informa Leacock al Secretario de Estado, tiene en propiedad 432 fanegadas de tierras, 48 km de tuberías, estanques y presas y estaciones de bombeo de agua. Y además indica que las ganancias de su empresa en 1935 ascendieron a casi 10 mil libras esterlinas, siendo sus cuentas auditadas por una firma del Instituto de Contadores Públicos de Inglaterra.

Llama la atención que en su memorándum afirma que: "A pesar de todos los problemas de mano de obra local en los últimos años hemos estado libres de los mismos".

Pero la odisea de Leacock no acabará con su expulsión, apenas quince días después de su partida de Gran Canaria en los primeros días de agosto de 1936, el alcalde de Gáldar informa al Gobernador Cilvil que "según denuncias verbales e informes adquiridos Don David J. Leacock ha subido en dos pesetas la hora de agua". Cuestión que el Gobernador Civil comunica al Comandante Militar, que inicia un procedimiento contra Leacock, al que se le impone una multa de 46.000 pesetas, a razón de 1. 000 pesetas por cada una de las 46 ventas de agua que había hecho en el periodo denunciado. Se inicia de esta manera un largo litigio que llevará consigo que varias fincas de Mister Leacock sean embargadas por orden del Gobernador Militar.

Como se aprecia, las sospechas del señor Leacock no estaban desencaminadas cuando apenas quince días antes informaba al Ministerio de Asuntos Exteriores británico, de que los militares golpistas buscaban una justificación para confiscar su propiedad.

Ante este nuevo atropello contra Leacock, el consulado inglés inicia un engorroso trámite burocrático y jurídico que durará hasta julio de 1938, en que tras la insistencia de las autoridades inglesas, se redujo la multa a la cantidad de 10.000 pesetas y al levantamiento del embargo de las fincas, tras ser pagada por el administrador español Manuel Puiggari Anglasell.

Al pagar la multa, el consulado solicitó en octubre de 1938, que se le diera publicidad en el Boletín Oficial de Las Palmas a la cancelación del expediente, "con el fin de conseguir la reanudación, por parte de las entidades bancarias de Las Palmas, de las facilidades de crédito que están negadas a la casa Leacock desde que empezó el expediente que acaba de ser cancelado". Para ello, la Comisión de Incautaciones de Bienes de Las Palmas, certificó que no estaba debidamente probada la responsabilidad civil de David John Leacock por perjuicios causados al Estado conforme al artículo 6º del Decreto Ley de 10 de enero de 1937.

Hay que recordar que esta Comisión se encargaría de incautar los bienes muebles o inmuebles de las organizaciones de todo tipo y personas que, por acción u omisión, no hubieran apoyado a los sublevados.

(*) Este texto corresponde a la investigación que están desarrollando Sergio Aguiar y Augusto Álamo, para la publicación de un libro biográfico sobre David J. Leacock.

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