La Provincia - Diario de Las Palmas

La Provincia - Diario de Las Palmas

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Fiestas y verbenas, en el banquillo

El Tribunal Supremo condena al Ayuntamiento de Telde por permitir actos que usaron sin permiso música de la Sociedad de Autores

Actuación del Sueño de Morfeo el 24 de junio de 2006 en Telde, una de las reclamaciones de la SGAE. JOSÉ CARLOS GUERRA

Durante siete años las fiestas patronales y las verbenas emergían por doquier en Telde. En los 73 barrios que integran el municipio las fanfarrias, la música y el baile no faltaron en unos tiempos de bonanza económica que terminaron un par de años después. Pero ahora, con la sentencia condenatoria del Tribunal Supremo estos actos pueden verse muy afectados si la SGAE saca la calculadora y empieza a sumar las cantidades que reclama. Todavía no se puede saber el montante porque el alto tribunal le pide al Ayuntamiento de Telde que justifique los actos musicales en los que tenía permiso de sus autores, argumentación del Consistorio, pero solo la acepta en parte.

Además, aunque no es la finalidad de la sentencia, la entidad demandante reclamó que se pararan esos actos o no se volvieran a celebrar en el futuro sin contar con su autorización. Ha quedado demostrado que los espectáculos continuaron, pero no se entra en el fondo sobre celebraciones posteriores y los derechos de la SGAE.

La Sociedad de Autores reclamaba al Consistorio el abono de más de una treintena de espec- táculos -desde Rock and Clown a una actuación de José Vélez- al considerar que se había utilizado composiciones de su propiedad sin pedir su autorización y que no se habían pagado, pero desde el Consistorio se contraatacó -y lo ganó- que esas espectáculos contaban con el permiso de sus intérpretes, que actuaron en las fiestas.

La SGAE presentó un recurso al Supremo, que le ha dado la razón solo en parte. En su sentecia establece que el Ayuntamiento de Telde organizó actos donde se interpertaron canciones y composiciones sin permiso de la Sociedad de Autores, beneficiaria de los derechos de propiedad intelectual de sus asociados, por los que tendrá que pagar las retribuciones que exige la demandante. Por eso le pide que presente un listado con las autorizaciones que dice haber tenido para el uso de los temas.

Sin embargo, el alto tribunal le da un respiro al Ayuntamiento de Telde al estimar que la SGAE no puede solicitar ninguna remuneración por las actuaciones realizadas por los propios artistas en esos espectáculos desarrollados durante 2002 al 2008. El Supremo entiende que si el Ayuntamiento contrató a los intérpretes ya se presupone que éstos daban su autorización si ellos eran los que actuaban

Así las cosas, la corporación municipal tendrá que abonar la retribución equitativa reclamada por la SGAE en los actos públicos en los que se utilizó la música , pero habrá que dirimir que cantidad será. En cambio, en las actuaciones de los artistas contratados, el Ayuntamiento de Telde no debe desembolsar ninguna cantidad, ya que si paga a la Sociedad General de Autores de España por esas actuaciones, pagaría dos veces por el mismo concepto y ahí el Tribunal Supremo establece que la SGAE no puede reclamar nada.

En algunas redes sociales ya había comenzado ayer el malestar por esta circunstancia, pero no se prevé que ello dinamite las fiestas.

Compartir el artículo

stats