El voto particular emitido por la magistrada Eugenia Cabello pide la reducción a la mitad de la condena al empresario Miguel Ángel Ramírez -de tres años de cárcel a uno y medio- debido a dilaciones indebidas en el procedimiento.

La magistrada justifica las dilaciones indebidas, en primer lugar, por "la excesiva duración de la fase intermedia del procedimiento (más de tres años)", y en segundo lugar por lo que ella califica como "dilaciones encubiertas", que atribuye al juez instructor y al Ministerio Fiscal. La magistrada explica esto de forma detallada en su voto particular, de cinco folios de extensión:

"Durante la instrucción de la causa se han producido dilaciones encubiertas (esto es, que no se aprecian a primera vista), dado que en la fase de instrucción, salvo las diligencias acordadas en el auto de incoación de diligencias previas (recabar el expediente administrativo a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural) y las declaraciones como imputados de Miguel Ángel Ramírez Alonso y Salvador González Caballero, acordadas mediante providencia de fecha 29 de septiembre de 2004, las restantes diligencias no se acordaron directamente por el instructor, sino que éste acordaba dar traslado al Ministerio Fiscal para que informase, practicaba las diligencias interesadas por aquél y le pasaba nuevamente la causa para informe". De esta manera, la magistrada relata varias de las diligencias que se hicieron de la manera que ella explica.

"Por todo ello", concluye el voto particular de Eugenia Cabello, "entiendo que las dilaciones indebidas producidas en el proceso, por razones jurídicas y de justicia material, han de tener el correspondiente reflejo penológico", y pide que la condena quede establecida en la mitad: un año y seis meses.

El empresario anunció ayer que, en base al voto particular, presentará un recurso de amparo ante el Constitucional, a la vez que solicitará la suspensión de la condena, al no tener antecedentes penales.