Los funcionarios de la Comunidad Autónoma tendrán un horario fijo y obligatorio de cinco horas (de 9.00 a 14.00 horas) durante el cual no podrán ausentarse de su puesto de trabajo, mientras que el resto de la jornada laboral será más flexible. Los empleados públicos tendrán una jornada semanal ordinaria de 37,5 horas y una jornada especial que se alargará hasta las 40 horas.

El Consejo de Gobierno aprobó ayer una modificación del decreto 78/2007 de 18 de abril que fija la jornada y el horario de trabajo del personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma. En esta modificación decreto se fija, además del tramo de horario que deben de forma obligatoria cumplir los empleados públicos, una parte flexible de la jornada laboral que será de 7.00 a 9.00 horas y de 14.00 a 17.00 horas. El consejero de Presidencia y Justicia del Gobierno canario, Francisco Hernández Spínola, advirtió que "el control de los horarios laborales le compete a cada departamento y a la Inspección General de Servicios" y que en caso de incumplimiento se tomarán las medidas que se consideren adecuadas.

El Consejo de Gobierno también aprobó un nuevo decreto de medidas temporales para reducir el gasto público en 2012. En el texto se prorroga el control del gasto referido al ámbito de las telecomunicaciones y la compra de aplicaciones y programas informáticos. Por otro lado, también se prolongan las restricciones en el pago de indemnizaciones por asistencia a reuniones de las empresas públicas o de los órganos de selección.

El titular de Presidencia dio cuenta al Consejo de Gobierno de un informe que elabora su departamento en el que se analiza la distribución actual de los efectivos humanos con los que cuenta la Administración autonómica. Spínola anunció que se hará un análisis detallado del área de recursos humanos de los distintos departamentos para determinar si existen excedentes o, por el contrario, carencias.

En el caso de que se detecten carencias de personal en algún departamento la prioridad será, según el consejero, "la prestación del servicio público", por lo que los empleados estarán sujetos a la movilidad y a la redistribución de las funciones que se demanden.