Los servicios jurídicos de la Comunidad Autónoma analizan con detenimiento el decreto ley de la Junta de Andalucía, publicado ayer en el Boletín Oficial de la comunidad, que prevé la expropiación del uso de las viviendas vacías que poseen los bancos e inmobiliarias, con el fin de elaborar una ley que pueda ser aprobada en los próximos seis meses si hay suficiente consenso político. Pese a las dudas legales que ha suscitado la medida del Gobierno andaluz, el Ejecutivo canario considera que no hay reparos jurídicos insalvables en el texto.

El Gobierno canario no tiene potestad para aprobar decretos ley, por lo que tendrá que articular una ley, evacuar las consultas pertinentes y llevarla al Parlamento para ser debatida. Sin embargo, esta futura ley está condicionada también a la posibilidad muy probable de que sea recurrida al Tribunal Constitucional por el Estado u otro organismo, lo que dejaría sin efecto la aplicación del decreto andaluz durante varios meses y Canarias tendría que esperar.

Fuentes de Presidencia del Gobierno aclaran que esta medida no choca con el derecho a la propiedad privada y el decreto andaluz se ampara en el artículo 31 de la Constitución, que salvaguarda la función social de la propiedad, de tal manera que si se demuestra que una vivienda está vacía o se especula con ella puede ser utilizada para un fin social y evitar el riesgo de exclusión de familias que se quedan sin casa.

Además, el texto prevé la expropiación del uso del inmueble de forma temporal solo de bancos y inmobiliarias, por lo que no se ven afectadas las personas físicas propietarias de casas. Las fuentes del Ejecutivo consultadas recuerdan que la expropiación está contemplada en las leyes por causas de interés general. El precedente más conocido es el de la reforma agraria de Andalucía de 1984, donde se expropiaron tierras abandonadas, y que el Tribunal Constitucional refrendó varios años después.

El Ejecutivo baraja incluir en la futura ley otro tipo medidas que acompañen a la expropiación y que refuercen los alquileres sociales y el uso para las familias en riesgo de exclusión de viviendas desocupadas o sin vender con acuerdos con los promotores y las entidades financieras. Entre las medidas sociales que anunció el presidente Rivero en el último debate sobre el estado de la nacionalidad estuvo la de incrementar los alquileres sociales de viviendas públicas, es decir, del parque de pisos protegidos y las promociones de Visocan. El Gobierno busca ampliar esta medidas al parque privado de viviendas.

Por lo pronto Canarias es la única comunidad autónoma favorable al decreto ley de Andalucía. Ayer se pronunciaron portavoces de los gobiernos de la mayoría de las autonomías, casi todas gobernadas por el PP, y pusieron serias objeciones y cuestionaron el encaje legal de la disposición.

Desde Presidencia se considera que la medida de Andalucía es "razonable" y en modo alguno extemporánea porque se trata de ofrecer soluciones al drama de los desahucios. Sin embargo, hay que "hilar fino" en una ley canaria que contemple medidas de este tipo. La posibilidad de que se pueda aprobar de forma rápida sólo sería posible si hay un acuerdo por parte de todos los grupos políticos, advierten.

En este sentido el portavoz del Gobierno, Martín Marrero, señaló ayer que el Ejecutivo se siente en la obligación "moral y jurídica" de adoptar medidas similares al decreto ley de la Junta de Andalucía para frenar los desahucios por- que "tiene claro que está del lado de los afectados". El Ejecutivo regional "considera interesante" esta medida y estudia su viabilidad para aplicarla en Canarias, en cuyo Estatuto de Autonomía no se incluye la posibilidad de legislar por medio de decretos ley, añadió Martín Marrero.

Por otro lado, la estadísticas de 2012 del Colegio de Registradores de la Propiedad de España muestra que en Canarias el pasado año se realizaron 445 daciones en pago sobre 2.655 procedimientos de ejecución hipotecaria iniciados, de los que fueron ejecutados 1.941. A nivel nacional, una de cada cinco ejecuciones terminaron en una dación en pago, según las cifras de los registradores de la propiedad.