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Onalia Bueno.SANTI BLANCO

El Supremo da la razón a la alcaldesa de Mogán y permite grabar los plenos municipales

Francisco González prohibió a los ediles de la oposición registrar las sesiones en el año 2012

El Tribunal Supremo avaló en una sentencia emitida ayer un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), de septiembre de 2013, por el que se permite a todos los ciudadanos grabar los plenos en base a los derechos fundamentales de libertad de expresión e información. Esta resolución se produce a raíz de que el alcalde de Mogán en 2012, Francisco González, prohibiera a los ediles de la oposición grabar las sesiones plenarias.

"Es una batalla que hemos mantenido desde que en 2012 se introdujo esta medida, de forma unilateral por el PP, como parte del reglamento municipal", explicó ayer Onalia Bueno, actual alcaldesa y portavoz de Ciuca, el partido que ha liderado esta demanda. La prohibición establecida por González se justificó en el artículo 107 del Reglamento Orgánico Municipal de Mogán, que decretó que los medios de comunicación autorizados, los concejales y el público en general asistente "tendrán prohibido efectuar grabaciones de imagen y sonido sin la previa y discrecional autorización de la Presidencia del pleno". Los ediles de Ciuca y Nueva Canarias protestaron ante este norma al considerarlo un intento por parte del alcalde de "amordazar, reducir, limitar y condicionar" la opinión de los vecinos de Mogan. Bueno explicó ayer que se trataba de una tentativa de silenciar los abusos y las formas que acostumbraba a aplicar Francisco González en unas sesiones plenarias en las que las expulsiones se convirtieron en rutinarias.

"Todo parte de 2011 cuando empezamos a poner nuestra cámara en los plenos y lo subíamos a Facebook. El pueblo empezó a darse cuenta del abuso de poder sobre los concejales de la oposición y fue entonces cuando intentó cortarlo con esta norma", apuntó Bueno.

El edil de Ciuca, Luis Miguel Becerra, presentó un recurso administrativo en el Juzgado Contencioso de Las Palmas de Gran Canaria en base al articulo 20 de la Constitución española al entender el pleno del ayuntamiento como un espacio público. En un primer momento, el titular del Juzgado número 5 desestimo el recurso de protección de derechos fundamentales interpuesto por los concejales de Ciuca contra el ayuntamiento de Mogán. Estos sí encontraron una sentencia favorable en el TSJC.

"Ha sido un largo proceso. Afortunadamente lo hemos ganado y hemos sentado un precedente", se congratuló ayer al alcaldesa que criticó lo que entiende era un intento de censura previa. Bueno defendió ayer los plenos como un espacio de transparencia y participación ciudadana. "Ahora queremos que los vecinos participen activamente en los ruegos y preguntas del pleno a través de las herramientas telemáticas", anunció.

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