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Zerolo espera en libertad provisional y sin pasaporte la decisión del Supremo

El exalcalde de la capital tinerfeña debe comparecer en la Audiencia a primero de cada mes a la espera de que el Supremo resuelva su recurso de casación

Zerolo espera en libertad provisional y sin pasaporte la decisión del Supremo

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife rechazó ayer ordenar el ingreso en prisión preventiva sin fianza del exalcalde de la capital tinerfeña Miguel Zerolo, como había solicitado tanto la Fiscalía Anticorrupción como la representación letrada de la acusación popular en el procedimiento penal del caso Las Teresitas, que interesaron la ejecución provisional de la sentencia dictada el pasado 27 de abril hasta que el Tribunal Supremo resuelva el recurso de casación anunciado por el letrado de Zerolo, Jorge Muñoz.

La Audiencia Provincial, que de esta manera rechaza las medidas cautelares de privación de la libertad solicitadas por ambas acusaciones, sí ha impuesto medidas restrictivas de la libertad para el exdirigente nacionalista a quien le ordena, mediante un auto al que ha tenido acceso LA PROVINCIA/DLP, la entrega de su pasaporte y le conmina a comparecer ante la Audiencia Provincial o ante el Juzgado más cercano a su domicilio habitual de residencia dentro de los diez primeros días de cada mes.

La sentencia dictada por este mismo tribunal a finales del mes de abril condena a Miguel Zerolo a siete años de prisión por un delito de malversación de caudales públicos y ocho años y nueve meses de inhabilitación para el ejercicio de cargo público por el delito de prevaricación de los que fue declarado responsable junto con el exedil de Urbanismo Manuel Parejo, con la misma pena de cárcel que Zerolo; los empresarios Antonio Plasencia e Ignacio González, ambos condenados a cinco años y tres meses de prisión; y los exfuncionarios Juan Víctor Reyes, a cuatro años y seis meses de prisión, y José Tomás Martín, a cuatro años de cárcel.

Libertad provisional

El tribunal, en el auto judicial comunicado a las partes ayer mismo, establece la misma situación procesal para Plasencia, González, Reyes y Martín, para quienes dicta su libertad provisional apud acta, esto es, que deben comparecer también dentro de los diez primeros días de cada mes ante la Audiencia Provincial o ante el Juzgado más cercano a su vivienda de residencia habitual. Asimismo, los magistrados de la Sección Segunda del tribunal provincial ordenan también la entrega de sus pasaportes en un plazo de tres días desde la comunicación de este auto.

Respecto del exconcejal Manuel Parejo, el tribunal no establece medidas cautelares pues ya se encuentra en prisión cumpliendo una condena de tres años de cárcel por el caso Mamotreto. La Fiscalía solicitaba las medidas cautelares para evitar que el reo pudiera disfrutar de permisos carcelarios dentro de nueve meses, cuando haya cumplido las dos terceras partes de su primera condena. No obstante, los magistrados hacen ver que llegado ese momento, el Ministerio Público tiene competencias para pronunciarse sobre la idoneidad de la concesión de beneficios penitenciarios.

El tribunal no observa indicios en la conducta anterior de Manuel Parejo sobre una posible voluntad para una posible evasión de la acción de la Justicia.

Pero Parejo no solo debe afrontar la pena de tres años por el caso Mamotreto y los siete años de prisión por el caso Las Teresitas, si finalmente el Supremo no resuelve a su favor el recurso de casación. El exedil también debe comparecer el próximo día 6 ante la Sección Quinta de la Audiencia Provincial como acusado por el caso Ninfa y, un mes más tarde y también como investigado, en el caso Siliuto.

En el auto se tilda de "desproporcionada" la solicitud de prisión preventiva solicitada por las acusaciones para Miguel Zerolo cuando "la sentencia de la Audiencia Provincial aún no es firme", y sostiene que "el riesgo de fuga se compensa" con la retirada de pasaporte y la citación judicial cada mes. Además, los magistrados consideran que "su trayectoria personal no permite derivar la disponibilidad de relaciones personales y medios para sustraerse a la acción de la Justicia y mantenerse de forma permanente fuera del alcance de las autoridades, si ésta llegara a ser su intención, de lo que no ha dado muestra alguna", según se recoge en el auto judicial.

Las acusaciones basaban su petición de prisión provisional al considerar que había aumentado el riesgo de fuga tras ser dictada la sentencia del caso Las Teresitas, pero además porque tanto la Fiscalía como la acusación popular sostienen que los acusados disponen de elevados recursos económicos que han ocultado durante la fase de instrucción de este procedimiento penal y que podrían ser utilizados para evadir la acción de la Justicia.

De hecho, la delegada de la Fiscalía Anticorrupción en la provincia tinerfeña, María Farnés Martínez-Frigola, señaló durante su defensa en la comparecencia -denominada vistilla en el argot jurídico- para establecer medidas cautelares, que el empresario Antonio Plasencia ha ocultado un patrimonio de al menos 107 millones de euros mientras que Ignacio González habría ocultado activos patrimoniales que ascenderían a 423 millones de euros. Esos cálculos se derivan en parte de la descapitalización que realizaron en la sociedad mercantil Inversiones Las Teresitas (ILT) entre 2008 y 2009 tras tener conocimiento de la admisión a trámite de la querella presentada por el colectivo Ínsula Viable y la propia Fiscalía con las que se investigaban las irregularidades cometidas en la compraventa de once parcelas del frente de playa por 8.750 millones de pesetas (52,5 millones de euros) en septiembre de 2001. La sentencia de la Audiencia Provincial tinerfeña deja claro que el Ayuntamiento pagó tres veces más del valor de mercado por unos terrenos que, además, se ha demostrado que eran de titularidad municipal. Los responsables políticos de entonces y hoy condenados, "no defendieron los intereses generales de los ciudadanos, como era preceptivo, sino los privados de los empresarios Antonio Plasencia e Ignacio González" a quienes también se les benefició desde la Corporación local, sin que se estableciera contraprestación alguna, con el trasvase de aprovechamientos urbanísticos al resto de terrenos de ILT en el Valle Las Huertas, lo que redundó en una plusvalía de más de nueve millones de euros.

Los terrenos fueron adquiridos por ILT a la Junta de Compensación gracias a un dudoso crédito de 5.500 millones de pesetas (33 millones de euros) que concedió CajaCanarias "sin garantías", en julio de 1998, solo tres días antes de que el Supremo resolviera los usos urbanísticos de dicho suelo, lo que elevaba desde ese instante el valor del mismo. La compraventa de las once parcelas del frente de la playa de Las Teresitas fue una operación en la que los dos empresarios obtuvieron beneficios superiores a los 144 millones de euros a costa de las arcas municipales de Santa Cruz, ya que ILT terminó vendiendo los terrenos de Las Huertas a una filial de Mapfre por 92 millones de euros.

El auto judicial indica que, aunque en la sentencia se apuntaron indicios de la posibilidad de que Zerolo tuviera patrimonio oculto en el extranjero, ese extremo no quedó probado en el procedimiento, en el que la pieza separada por cohecho se sobreseyó.

El tribunal tampoco ve en los empresarios Plasencia y González que haya circunstancias excepcionales que aconsejen su entrada en prisión de forma preventiva, y señala que su "patrimonio formidable" les permite hacer frente a las cuantiosas fianzas civiles que se les ha exigido de forma solidaria a los seis condenados. El auto expresa que tanto Plasencia como González "son personas que siempre han atendido a las citas judiciales y que tienen gran arraigo en la ciudad, así como una edad avanzada con la cual es difícil imaginarlos llevando una vida clandestina ocultándose de las autoridades".

Para los dos funcionarios, el auto concluye que siempre han acudido a las citaciones judiciales, que tienen arraigo personal y familiar en Tenerife y que carecen de medios para sustraerse a la acción de la justicia, por lo que basta con la privación de su pasaporte para compensar el riesgo de fuga.

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