El juez del Juzgado de lo Social Nº4 de Santa Cruz de Tenerife, Sergio Calle Pérez, condena al Ayuntamiento de Guía de Isora a readmitir al extrabajador del Consistorio despedido, según la sentencia, sin causas objetivas demostradas, y que grabó una conversación en el que el alcalde isoriano, Pedro Martín, admitía haber contratado a dedo a este auxiliar técnico. La Justicia da por nula la destitución, aprueba la grabación del exempleado y pide a la Fiscalía Anticorrupción que investigue la posible prevaricación del mandatario sureño.

En el documento se recoge la conversación mantenida por el extrabajador y el regidor municipal al finalizar la inauguración del centro cultural de Tejina de Isora en diciembre de 2012. En ella, Martín apunta que: "sí, sí, porque yo te di una oportunidad personal para que entraras a trabajar en el Ayuntamiento directamente, directamente a dedo y yo creo que se te ha ido reconociendo una libertad de horarios, se respetan tus días libres... es increíble...".

Martín es uno de los tres aspirantes a hacerse con la secretaría general del PSOE de Tenerife en las primarias que se celebran a mediados de noviembre.

En este audio, en el que supuestamente el mandatario sureño le recrimina al técnico que presentara una demanda de reconocimiento laboral, el regidor agrega que "y hoy con la ley de empleo y el PP se puede poner en la calle al que quieras, al que quieras. Simplemente con decir que la situación económica es mala...".

En este sentido, la sentencia recoge, más adelante, que "el demandante ha aportado indicios suficientes de que la actuación del Ayuntamiento demandado ha podido estar motivada por la interposición de la demanda judicial". Entre las principales razones, el juez argumenta el hecho de que "la actora haya presentado además de dos demandas dos denuncias ante la Inspección de Trabajo que han dado lugar a la formación de la acta por la misma".

Pero sobre todos los fundamentos -reconoce en el documento- está la grabación con el alcalde isoriano en el que manifiesta que no solo está sorprendido por las demandas presentadas, sino también por la facilidad con la que se puede despedir a alguien "simplemente con decir que la situación económica es mala".

La sentencia sostiene que la declaración de nulidad conlleva la condena a la empresa a readmitir al trabajador en iguales circunstancias a las que ostentaba antes del despido y a abonarle los salarios de tramitación hasta que proceda a la readmisión a razón de 70,44 euros brutos diarios.

Sin embargo, el demandante también solicitaba que se condenará a la empresa a abonarle una indemnización por los daños y perjuicios causados. En este caso, el Juzgado considera "que no ha quedado acreditado que la conducta del Ayuntamiento haya provocado daños patrimoniales concretos" por lo que -agrega el informe- "resulta procedente desestimar la pretensión de abono de los daños y prejuicios reclamados por el demandante".

Irregularidades

Además, el juez pide que se proceda dar "testimonio del expediente de autos a la Fiscalía Anticorrupción de Tenerife para que se instruyan en las oportunas diligencias informativas en relación a la posible contratación irregular del actor por parte del alcalde de la corporación demandada conforme a lo solicitado por el Ministerio Fiscal en sus conclusiones finales".

El trabajador que deberá ser readmitido estuvo empleado en el Consistorio de Guía de Isora desde el 10 de mayo de 2006 hasta el 2 de octubre de 2015 con la categoría profesional de técnico auxiliar. El exempleado denunció que su despido se fundamentó, oficialmente, en "motivos sobrevenidos supuestamente organizativos y técnicos".