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Más de la mitad de los solicitantes se queda sin ayudas al alquiler

La resolución se retrasa por la demora de Fomento y la escasez de personal

Más de la mitad de los solicitantes se queda sin ayudas al alquiler

El listado provisional de las ayudas al alquiler de 2017 deja fuera a más de la mitad de las casi 7.000 solicitudes que se presentaron en un primer momento. Las familias que recibirán las ayudas son 3.099 frente a las 3.899 -el 55,7%- que se dan por desistidas, denegadas por falta de documentación o porque se mantienen en una lista de reserva. El proceso acumula un considerable retraso, lo que afectará también a la convocatoria de 2018 a la espera de que finalice la tramitación del año pasado y que lleguen los fondos del Estado correspondientes a este ejercicio.

La Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno canario achaca parte del retraso al Gobierno central ya que los presupuestos generales del Estado de 2017 no entraron en vigor hasta mediados de año y el convenio entre ambas administraciones no se firmó hasta julio. En agosto fue cuando se publicó la convocatoria de las ayudas al alquiler por parte de la Comunidad Autónoma.

El propio Ejecutivo reconoce en la resolución publicada ayer en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) que, dado que no se gastaron los fondos consignados para las ayudas antes de finalizar 2017, se ha tenido que aprobar una incorporación de crédito en este año por no ejecutarse en el ejercicio en el que fueron transferidos.

Esta obligatoriedad viene derivada del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, que establece que aquellas ayudas pendientes de gastar o conceder desde 2014 a 2017 se podrán realizar hasta el 31 de diciembre de 2018 con cargo al presupuesto comprometido por el Ministerio de Fomento y en los convenios firmados con las comunidades autónomas.

La convocatoria original de las ayudas al alquiler del año pasado fue de 1,2 millones de euros pero posteriormente se amplió con 3,7 millones de euros más que se consignaron en los presupuestos autonómicos de 2018, hasta alcanzar los cinco millones de euros. Este incremento presupuestario ha posibilitado que se haya podido duplicar las ayudas concedidas en relación con la convocatoria anterior.

Pero no sólo se trata de un retraso achacable a la demora en los fondos que vienen del Estado para pagar estas ayudas. La propia consejera Cristina Valido reconoció en el pleno del Parlamento el miércoles que la carga de trabajo de los funcionarios del departamento de Vivienda ha sido muy elevada en los últimos meses de 2017, ya que se acumularon muchos expedientes que venían de años anteriores y que se resolvieron a finales de año con el crédito extraordinario que aprobó el Gobierno. Entre estos expedientes figuraban la Hipoteca Joven, un programa aprobado en la anterior legislatura y que no se liquidó hasta cinco años después por la falta de fondos.

10 días más

Pero el proceso no acaba con la publicación de ayer. Ahora las 3.099 familias que han resultado beneficiarias de estas subvenciones cuentan con un plazo de 10 días hábiles para que acepten la propuesta y presenten el contrato de arrendamiento. Si dejan pasar este plazo quedarían fuera y entrarían las familias que se encuentran en la lista de reserva.

La subvención cubre hasta el 40% de las cantidades que pagan las familias por el alquiler de la vivienda habitual en función de los documentos presentados justificativos del pago de la renta. El límite máximo que se concede es de 2.160 euros y abarca los doce meses del año pasado.

El BOC publica varios anexos con los diferentes listados. Solo la relación de solicitudes desistidas suma un total de 1.586 peticiones bien por no subsanar la documentación requerida o, habiéndola presentado, no realizarla según los términos estipulados en la resolución.

Las solicitudes denegadas suman un total de 1.012 por no ajustarse a los requisitos establecidos en la convocatoria.

Entre los requisitos que se fijaron para acceder a estas ayudas figura que los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda, sean, en conjunto, inferiores o iguales a 1,5 veces el límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia que da acceso a la subvención. Asimismo, la renta del arrendamiento de la vivienda debe ser igual o inferior a 450 euros mensuales.

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