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Los auditores cuestionan los alquileres y patrocinios de RTVC en años de García

Entre los contratos en los que la fiscalización encuentra vacíos están los del CD Tenerife y la UD Las Palmas. La TVC sobrepagó el local de su sede en Lanzarote

Los auditores cuestionan los alquileres y patrocinios de RTVC en años de García

La Audiencia de Cuentas ha detectado una serie de vacíos en los expedientes de contratación de arrendamientos y patrocinios de la Radiotelevisión Canaria (RTVC) en el período 2011-2013, en el que el locutor de radio Guillermo Willy García estuvo al frente del ente autonómico con el apoyo del Gobierno regional que entonces presidía el nacionalista Paulino Rivero. En su informe de fiscalización de la gestión de la entidad pública en esos años -informe que es fruto del encargo que en su día le hizo la comisión parlamentaria de Presupuestos, Economía y Hacienda-, el órgano que preside Pedro Pacheco repara en el sobreprecio del alquiler de la sede de la delegación de la Televisión Pública de Canarias (TVPC) en Lanzarote y no puede encontrar justificación para que en El Hierro se arrendara un local de unas dimensiones sensiblemente superiores a las de las otras delegaciones insulares. Además, los auditores apuntan que en los contratos de patrocinio no se acreditaron ni las necesidades que se pretendían cubrir ni que el objeto y contenido de los convenios fueron los más adecuados.

El informe del órgano dependiente del Parlamento regional, un trabajo que casualmente timoneó quien hoy es administrador único de la RTVC, José Carlos Naranjo Sintes, expone que entre el 1 de julio de 2011 y el 31 de diciembre de 2013 -período concreto que abarca la investigación, si bien esta finalmente llevó a cabo comprobaciones que llegan en casos hasta 2015- la sociedad anónima TVPC, dependiente del ente público, suscribió dos contratos de arrendamiento de inmuebles. En concreto se trató de los convenios para el alquiler de las sedes de las delegaciones en El Hierro y Lanzarote.

Sin estudio de alternativas

Lo primero que llamó la atención de los auditores en ambos casos fue que no se hicieran gestiones para tratar de encontrar posibles alternativas a los alquileres. Es decir, que, por ejemplo, los responsables de la RTVC y/o la TVPC se pusieran en contacto con la Dirección General de Patrimonio del Gobierno de Canarias "a fin de constatar la disponibilidad de algún local que pudiese satisfacer las necesidades demandadas". Esto es, para ver si la Administración autonómica era titular de algún local en esas islas que pudiera albergar la delegación y evitar así el gasto público en los alquileres.

Aunque los contratos de arrendamiento están sujetos a las normas de derecho privado, en estos se han de tener en cuenta los principios generales de la contratación pública, esto es, la publicidad, la transparencia, la no discriminación de ofertas... Sin embargo, "en ninguno de los dos expedientes consta documento justificativo que financie la operación ni documento acreditativo del cumplimiento del principio de publicidad", precisan los auditores, que tampoco hallaron en los expedientes constancia alguna de que se anunciara la necesidad de estos dos locales "en algún diario de gran divulgación provincial/Comunidad Autónoma" para que se presentaran posibles ofertas y detallar las características idóneas del inmueble: ubicación, superficie... No se cumplió, por tanto, el principio de publicidad.

El informe de fiscalización hace hincapié en que la falta de esos estudios de posibles alternativas hace "difícil o imposible" la justificación de por qué se aceptó pagar 1.800 euros mensuales por el alquiler del local de 50 metros cuadrados para la sede de Lanzarote, es decir, 36 euros por cada metro cuadrado cuando el precio del metro cuadrado oscilaba "entre los cinco y los 15 euros". Y también complica justificar el porqué de que en El Hierro se optara por un inmueble excesivamente grande, al menos en apariencia: "No se pueden justificar adecuadamente los motivos por los que se ha arrendado un local cuya superficie abarca los 240 metros cuadrados cuando en otros supuestos para cubrir necesidades similares la superficie del local arrendado es significativamente inferior".

Por si fuera poco, la Audiencia de Cuentas tampoco recibió de la RTVC o de la TVPC algún documento que pudiera acreditar que efectivamente la televisión pública necesitaba alquilar esos locales para desarrollar su labor. "Ni tampoco escrito suscrito por el órgano de contratación en el que se ordene la realización de los trámites oportunos para satisfacer la necesidad", remata el informe de Sintes.

Conciertos de Pitbull y rallies

En cuanto a los contratos de patrocinio, los reparos del organismo encargado de vigilar la rectitud de la situación contable y financiera de las instituciones del Archipiélago se centran en cinco: el del patrocinio de un torneo de golf por 7.000 euros y suscrito en 2011; los del Club Deportivo (CD) Tenerife y la Unión Deportiva (UD) Las Palmas para la temporada 2011-2012, de 70.000 euros cada uno; el del concierto de Ray Castellano y Pitbull, de 1.250 euros y de mediados de 2012; el de Ray Castellano y Summer Festival, por 4.000 euros y adjudicado en julio de 2012; y los dos de patrocinio del equipo de rallies Copi Sport suscritos en 2012 y 2013 por 43.000 y 40.000 euros respectivamente, aunque estos se pagaron con la cesión de espacios publicitarios. Un total de 235.250 euros.

A pesar de la magnitud de la cuantía global y del considerable montante de algunos de los patrocinios, el análisis de la Audiencia de Cuentas pone de manifiesto -tras recordar que este tipo de convenio no es ajeno a las directrices de la Ley de contratos del sector público en lo relativo a su proceso de preparación y adjudicación- que en ninguno de los siete casos se llevó a cabo el preceptivo procedimiento de licitación. Tampoco hay constancia en ningún caso de las razones que justifiquen, "de manera adecuada y suficiente", la utilización de los procedimientos de contratación previstos en la normativa. En definitiva, los auditores no pudieron conocer las razones de por qué se cerraron esos patrocinios y no otros: "No quedan acreditadas adecuada y suficientemente las necesidades que se pretenden cubrir mediante el contrato ni tampoco la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas".

En los conciertos patrocinados, se hace hincapié en que en los contratos "no se define claramente cuál es la finalidad que se pretende con su firma ni la ventaja que aporta dicha contratación a la TVPC".

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