El presidente del Gobierno de Canarias lleva 572 días sin saber si va a ser llamado a declarar como investigado en el caso Grúas. Mucho tiempo el transcurrido desde que dos partidos de la oposición en el Ayuntamiento de La Laguna, Unid@s se puede- Podemos y Por Tenerife-Nueva Canarias, presentaran una denuncia por presuntas irregularidades en la gestión del servicio municipal de retirada de vehículos. Después del miércoles 26 de abril de 2017, día en el que se abrió el caso, la situación del presidente del Gobierno de Canarias -que cuando ocurrieron los hechos era primero concejal y luego alcalde de La Laguna- se mantiene en una especie de limbo judicial. No está acusado de ningún delito pero a la vez está atrapado en el laberinto de un proceso jurídico con enredos, trampas y artimañas judiciales, fiscales y políticas.

El retraso que acumula el procedimiento judicial no es un asunto anecdótico. Primero, por lo que afecta a la defensa de la tutela judicial efectiva, un derecho constitucional que en este caso adquiere especial relevancia, no por ser una queja extraordinaria porque proceda del presidente de Canarias frente a los ya habituales atrasos de la Administración de justicia que se sufre a diario en la resolución de los asuntos pendientes, sino por las trascendentales consecuencias electorales, y por lo tanto políticas, de un proceso judicial aún por resolver a seis meses de las elecciones. Segundo, por los tejemanejes de la Fiscalía General del Estado para conducir el asunto en función no solo de códigos legales.

Fernando Clavijo es presidente de la Comunidad Autónoma desde 2015 y Coalición Canaria lo ha reelegido como candidato a la presidencia del Gobierno para las elecciones regionales convocadas el 26 de mayo. El presidente se ha ofrecido desde hace tiempo a declarar con urgencia ante los jueces para poder defenderse ante las acusaciones de Unid@s (coalición de Sí se puede y Podemos) y XTF-Nueva Canarias -la denuncia se inicia por una actuación de unos partidos políticos, no de una investigación judicial o policial- pero, para garantizar sus derechos, lo tiene que hacer en condición de investigado, acompañado de abogado. Es lo que antes se conocía como imputado, una denominación confusa porque no es lo mismo estar investigado en las primeras fases de un proceso -una vez presentada la denuncia y llamadas las partes a declarar- que estar encausado a medida que aumentan los indicios o se consolidan las pruebas contra el acusado.

La calificación de investigado, más allá de su tipificación judicial -y la fase en la que se encuentre el proceso-, se ha extendido como una mancha social y política y en algunos casos hasta en una cláusula en la negociación para formalizar acuerdos de Gobierno entre partidos. El caso Grúas ya fue archivado en una primera fase por una juez de La Laguna, que no encontró la menor irregularidad. Y dos de los tres informes fiscales realizados durante la investigación sostienen que no hay indicios delictivos para Clavijo en esta alambicada y farragosa historia judicial.

El asunto, ya viciado por todas las peripecias, anomalías y sorprendentes giros argumentales del mismo, es un caso insólito en la historia judicial de España. Nunca antes los tribunales tuvieron que tratar un caso similar, que afecta a la jurisdicción -el tribunal competente para llevar el caso- como consecuencia de un cambio legislativo que suprime el aforamiento, en este caso, para los cargos públicos en Canarias.

La aprobación del Estatuto de Autonomía de Canarias -el primero de una comunidad autónoma que elimina el aforamiento- se aprobó mientras el caso Grúas se estudiaba en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). La duda surge como consecuencia de un cambio en una ley orgánica con un caso en trámite procesal. Se dilucida si se aplica o no el principio de irretroactividad en normas no favorables o restrictivas de los derechos ya adquiridos.

La singularidad de este caso, único, del que no existen antecedentes previos en España, sin una jurisprudencia en firme fijada por el Tribunal Supremo, se desarrolla además en un tormentoso medioambiente social crispado por el progresivo deterioro de la Justicia contaminada por una sospechosa connivencia, o compadreo en algunos casos, con la política. Si a la Justicia se le representa con una venda en los ojos, en el caso Grúas los magistrados y, sobre todo, la Fiscalía -cuyo jefe máximo, el fiscal general, es nombrado por el Gobierno de España- no son ciegos a las réplicas extramuros de los tribunales que sus decisiones tienen en el territorio político canario.

En el sinuoso recorrido del caso la Fiscalía ha actuado mirando en algunos momentos el calendario. Al primer archivo de la causa -el fiscal del Juzgado de Instrucción número 2 de La Laguna, Santiago Sánchez, no ve indicios de delito en la actuación de Clavijo- le sigue un cambio de opinión en el que concluye, ante los mismos hechos y sin nuevas pruebas, que existe un indicio de delito de malversación de caudales públicos y otro de prevaricación. La decisión se toma después de siete meses sin responder a dos requerimientos de la juez y 27 días después del nombramiento de una nueva fiscal general del Estado, María José Segarra, tras la llegada del socialista Pedro Sánchez a la presidencia de España.

Una vez llega el caso al TSJC, el teniente fiscal -el número dos- de la Fiscalía defiende el archivo del caso, pero esta propuesta, que se remite para su aprobación a la Fiscalía General del Estado, se congela en Madrid a la espera de que se apruebe el Estatuto de Autonomía de Canarias para así propiciar que el caso regrese al juzgado de La Laguna una vez Clavijo haya perdido su condición de aforado.

Nunca antes en la historia autonómica de Canarias se había registrado un movimiento sísmico de esta magnitud como consecuencia del gran choque tectónico entre dos de las grandes plataformas sobre las que se sustenta el Estado en las Islas. Por un lado, el máximo representante del Estado en el Archipiélago -el presidente del Canarias- y, por otro, la institución encargada de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, la Fiscalía General del Estado.

Para poder entender el enredo judicial del caso Grúas conviene repasar los pasos más importantes desde que se abre el proceso el miércoles 26 de abril de 2017. Estos son:

Archivo inicial inicial (15 de junio de 2017). Después de no oponerse a la fórmula del préstamo para salvar a la concesionaria del servicio de grúas de La Laguna en el momento en el que se debatió en los plenos, en 2014, e incluso apoyar explícitamente esta vía el concejal Santiago Pérez en un debate plenario sobre este asunto, dijo: "Si se invoca una circunstancia de necesidad, que yo creo que la hay, en este caso por nuestra parte este asunto [el préstamo] no lo vamos a considerar contrario a derecho". Santiago Pérez (Por Tenerife-Nueva Canarias), junto con Rubens Ascanio (Unid@s se puede), presentan tres años después una denuncia por presuntas irregularidades el 26 de abril de 2017, 14 años después de que se privatizara el servicio municipal de grúas de La Laguna y se adjudicara a la empresa Autogrúas Poli.

Apenas un mes y medio después de la presentación de la denuncia de los dos partidos políticos, Celia Blanco, titular del Juzgado de Instrucción Número 2 de La Laguna, archiva el caso. En el auto en el que lo anuncia, del 15 de junio de 2017, defiende que no hay indicios de irregularidades en el expediente del caso Grúas. La decisión de la juez cuenta con el apoyo del fiscal encargado del procedimiento, Santiago Sánchez. En un escrito del 27 de julio de 2017, como respuesta a un recurso de los denunciantes, el fiscal asegura: "Informo favorablemente sobre el archivo de las diligencias por entender que los fundamentos expuestos por la juzgadora son plenamente ajustados a derecho".

Reapertura por orden de la Audiencia Provincial (17 de octubre de 2017). La Sección Segunda de la Audiencia Provincial, en contra del criterio del fiscal y de la juez, ordena continuar con la causa y da la razón a los denunciantes. La orden se motiva en que Celia Blanco la sobreseyó de forma "precipitada" y "sin practicar diligencias de investigación". "Examinadas las actuaciones, no hemos de compartir el criterio del Juzgado de Instrucción, por cuanto los hechos pudieran revestir caracteres de delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias", explica la Audiencia Provincial en un correctivo inusual.

Empiezan los retrasos: del Número 2 de La Laguna al TSJC (24 de noviembre de 2017). Una vez que Celia Blanco retoma el procedimiento y después de practicar nuevas diligencias -toma declaración a los empleados de la empresa de grúas, a los técnicos municipales que participaron en el proceso administrativo, a un concejal y al alcalde de La Laguna- solo queda por interrogar a Fernando Clavijo. Al estar aforado como presidente del Gobierno, el órgano que debe analizar la parte que le corresponde a Clavijo es el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. De ahí que la juez eleve la exposición razonada al alto tribunal canario el 24 de noviembre de 2017 para que decida si llama o no a declarar como investigado a Clavijo. Es aquí donde empiezan los retrasos.

El 7 de diciembre de 2017, cuatro días después de que Celia Blanco impute al concejal Antonio Pérez Godiño -el primer cargo que es llamado a declarar como investigado-, la Fiscalía del TSJC pide que las actuaciones se devuelvan al Juzgado de Instrucción Número 2 para que el ministerio público emita un nuevo informe. El TSJC accede mediante una providencia firmada del 12 de diciembre de 2017. El caso vuelve al mismo fiscal que había apoyado el archivo.

El fiscal tarda 7 meses en emitir un nuevo informe. (27 de julio de 20178). El fiscal designado por el Juzgado de Instrucción 2 de La Laguna tarda siete meses en contestar al requerimiento de un nuevo informe. Hasta en dos ocasiones tuvo que requerirle la juez para que entregara el dictamen, a través de una providencia del 16 de abril de 2018 y otra del 27 de junio. El 27 de julio, un mes después de la última solicitud, llega por fin el pronunciamiento del fiscal del Juzgado de Instrucción Número 2 de La Laguna. En uno de los cambios más sorprendentes de este proceso y sin que se haya adjuntado nueva documentación, el ministerio público pasa de no observar ningún indicio de delito a ver dos en la actuación de Fernando Clavijo: prevaricación y malversación de fondos públicos.

El fiscal Sánchez se basa en argumentos que la defensa de Clavijo tilda de "completamente inciertos" y "apreciaciones equivocadas": que el préstamo de 120.000 euros se dio sin establecer unos plazos -cuando el acuerdo de la Junta de Gobierno establece que se liquidará mientras dura la intervención de la empresa por parte del Ayuntamiento, medida extraordinaria para garantizar la prestación del servicio de grúas por los problemas económicos que arrastrada la compañía- y que se concedió sin ningún aval -cuando el acuerdo antes mencionado establece como aval los 182.427 euros que depositó la empresa como garantía de la concesión del servicio cuando le fue adjudicado en julio de 2004-.

El 28 de agosto de este año, el Juzgado de Instrucción 2 de La Laguna envía una nueva exposición razonada, incluido este informe del ministerio público, al TSJC. El alto tribunal canario, una vez recibe la documentación, asume la parte del caso Grúas que afecta a Clavijo al estar aforado y ser el órgano competente para decidir si lo llama a declarar o no. Para ello requiere un pronunciamiento a la Fiscalía Superior de Canarias.

Nuevo retraso: la Fiscalía congela el caso por orden de Madrid (octubre de 2018). El miércoles 30 de octubre, la Sala de lo Penal del TSJC da a la Fiscalía un plazo improrrogable de cinco días para que realice su informe de "competencia y contenido" del caso Grúas. El ministerio público contesta una semana después ante los requerimientos para que se pronuncie sobre la competencia -si el Alto tribunal canario es el órgano jurisdiccional para analizar el caso una vez aprobado el Estatuto de Autonomía que deja al presidente del Gobierno sin aforamiento- y el contenido -si encuentra indicios de delito en la actuación de Clavijo- de la causa.

La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Canarias responde solo a una de las demandas: el caso queda fuera de la competencia del TSJC una vez que el presidente del Gobierno ha perdido su condición de aforado. Sobre el fondo del asunto -la existencia o no de delito- no se pronuncia una vez publicado el Estatuto de Autonomía de Canarias el 6 de noviembre. Ya no es de su competencia. Si no pudo responder antes, se apela desde la Fiscalía, es por la falta de tiempo, la complejidad de los delitos a estudiar y la extensa documentación -más de 1.500 folios- de la causa.

En su escrito, la Fiscalía no es que mienta al TSJC pero tampoco le dice toda la verdad. Lo cierto es que el teniente fiscal, Demetrio Pintado, en septiembre se había puesto ya a analizar, valorar y calificar las actuaciones de Clavijo en el caso Grúas. A finales de ese mes tenía ya las conclusiones, que se entregaron al fiscal superior ,Vicente Garrido. La petición es concluyente: cerrar el caso Grúas. No se ven indicios de delito -ni malversación de caudales públicos, ni prevaricación- en la gestión del ahora presidente del Gobierno de Canarias.

El 23 de octubre, desde la Fiscalía del Tribunal Superior de Canarias se remite a la Fiscalía General del Estado un informe para su validación -bajo el principio de unidad de actuación del ministerio fiscal- en el que no se aprecian indicios de delito de Clavijo en el caso Grúas. Es entonces cuando desde la Fiscalía General del Estado se decide suspender toda actuación y no responder a los requerimientos del Tribunal Superior de Justicia de Canarias para que califique la actuación de Clavijo a la espera de que se apruebe el nuevo Estatuto de Autonomía de Canarias.

Una maniobra sospechosa la de la Fiscalía General del Estado porque decide actuar no en función de la legislación vigente, si no de una ley orgánica -el Estatuto de Autonomía de Canarias- que aún no se había aprobado, ya que aún estaba en discusión en el Senado.

Cuando desde el Alto tribunal canario se le pide a la Fiscalía que responda sobre si halla o no indicios de delito en el ahora presidente del Gobierno, desde el ministerio público en Madrid se ordena a la Fiscalía en Canarias que no responda a la espera de que se apruebe una nueva ley -el Estatuto de Autonomía- para así no tener que pronunciarse en una supone una clara dejación de responsabilidad, más por intereses políticos que por justificaciones legales.

Una actuación cuanto menos irregular la del ministerio público. De esta forma se lava las manos en una medida preventiva ante lo que se interpreta como un coste social para el prestigio del ministerio público si se propone archivar el caso -como así se había planteado en el informe enviado desde Canarias a Madrid- antes de que se apruebe el nuevo Estatuto. Sin Clavijo aforado, el caso pasa al juzgado de La Laguna y la Fiscalía General del Estado y la del Tribunal Superior de Justicia de Canarias se inhiben de cualquier responsabilidad.

El caso vuelve al Número 2 de La Laguna. Vuelta a empezar El pasado jueves 15 de noviembre, la Sala de lo Penal del TSJC decide -con un voto en contra particular de su presidente- que el caso Grúas vuelva al juzgado de La Laguna. El 6 de noviembre se había publicado en el BOE el nuevo Estatuto de Autonomía, que hace efectiva la pérdida del aforamiento de Clavijo. La decisión de que el caso retorne al juzgado de La Laguna no es firme porque ante la sala de lo Penal del TSJC cabe recurso. El caso se enreda y vicia más ca da día que pasa y Fernando Clavijo sigue a la espera para salir del limbo judicial.