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Elecciones 28-A | El fin de los privilegios judiciales

Un Estatuto 'rara avis'

La disolución de las Cortes estanca la reforma de los estatutos de Baleares, Cantabria y Murcia y deja al canario como el único sin políticos aforados

Imagen de archivo del inicio de una sesión del Parlamento de Canarias. LP / DLP

El Estatuto de Canarias se ha convertido, tras la decisión de Pedro Sánchez de adelantar las elecciones, en una rara avis. Los diputados canarios serán, durante un buen tiempo, los únicos sin la condición de aforados de España. La disolución de las Cortes, prevista para el 5 de marzo, frena la reforma las normas fundamentales de Baleares, Cantabria y Murcia, que también incluían la eliminación de los privilegios judiciales para los parlamentarios y miembros del Gobierno.

La modificación de la norma asegura solo la inviolabilidad de los políticos cuando se trata de opiniones que manifiesten en actos parlamentarios y por sus actuaciones legislativas. Tal y como se recoge en la segunda reforma del Estatuto de Canarias -a la que se dio luz verde el pasado 5 de noviembre- los 70 diputados de las Islas "durante su mandato, no podrán ser detenidos ni retenidos, sino en caso de flagrante delito". Fuera de ese ámbito serán los juzgados ordinarios los que se encarguen de la instrucción, procesamiento o inculpación, si se da el caso, y no como hasta ahora el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

La rareza del estatuto canario no está exenta de debate. El cambio normativo ha pillado al presidente del Gobierno, Fernando Clavijo, involucrado en el caso Grúas. Sin que se haya aún decidido si será o no procesado, la Fiscalía, el TSJC y en breve el Tribunal Supremo están enredados en dilucidar cuál es el tribunal competente para conocer la causa en caso de que el presidente sea investigado. Es decir, si el estatuto cambió a mitad de legislatura ¿la pérdida de la condición de aforado se les aplica a los actuales parlamentarios o empieza a contar una vez se constituya la nueva Cámara? Si para unos se debió aclarar en una disposición transitoria de la nueva ley, para otros que no se incluyera supone que la supresión de los aforamientos tiene carácter inmediato.

Las reformas de los estatutos que están en marcha -los de Murcia, Cantabria y Baleares- dependen del Congreso y del Senado, por lo que el inminente final de la legislatura las deja congeladas. Los estatutos son las únicas leyes que no decaen cuando se disuelven las Cámaras, pero sí se verán obligados a retomarlas desde su admisión a trámite por el Pleno una vez se constituyan las Cortes Generales, entre el 15 y el 23 de mayo, en plena campaña de las elecciones municipales, autonómicas y europeas.

En mayo de 2017, Murcia presentó una reforma parcial de su Estatuto y, en diciembre, Cantabria hizo lo propio. Desde entonces están a la espera de que llegue su turno en el Congreso. En teoría, las dos renovaciones podrían salir adelante en los próximos días con la unanimidad de todos los partidos y si se exprimieran al máximo los trámites. Pero la probabilidad de que esto ocurra es muy baja. El Parlamento balear entregó en el Congreso la reforma el pasado mes de diciembre, con pocas posibilidades de que se aprobara antes de las autonómicas. Su admisión por el Pleno del Congreso está prevista para este martes, así que al menos entrará en las Cortes antes de que se disuelvan.

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