La magistrada del Juzgado de instrucción número 2 de La Laguna, Celia Blanco, ha aclarado en una providencia que la situación procesal del presidente del Gobierno, Fernando Clavijo, en el caso Grúas es de "investigado" y no de "interviniente". Ante las dudas surgidas sobre la aparición de Clavijo como "interviniente" -testigo- en las últimas comunicaciones del juzgado de La Laguna, la jueza indica que esa denominación se produjo por un fallo informático en los modelos de notificación.

"Ese encabezado proviene de cuando en su día se registró en el sistema informático la entrada de una denuncia [de Nueva Canarias y Podemos en 2017] y por aquel entonces, evidentemente el señor Clavijo, si bien era denunciado expresamente, no podía incluirse en ese registro meramente informático como investigado pues era persona aforada, y sólo podía alcanzar esa categoría por decisión del órgano competente", expone en su providencia. Ese ´órgano era el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

"Ese registro informático ha sido, como coloquialmente se dice, arrastrado a lo largo de todas las resoluciones recaídas en este juzgado", precisa Blanco. Por ello, y "para evitar más polémicas", añade, "procédase a cambiar el registro informático y regístrese al señor Clavijo como investigado".

Según la jueza, "cuando la causa fue atribuida a este Juzgado", tras el auto del TSJC del pasado 14 de noviembre, en donde se inhibía de la instrucción del procedimiento al perder Clavijo su condición de aforado por la entrada en vigor del Estatuto de Autonomía, se acordó citar al presidente "como investigado, pese a que en el encabezado seguía registrado como interviniente, sin que esa circunstancia afectara a la citación en concepto de investigado". La jueza suspendió posteriormente esa declaración a la espera de un recurso de casación de la defensa de Clavijo ante el TSJC, al entender que era el tribunal competente.

En esta nueva providencia, la magistrada indica que dado que "la preparación del recurso de casación ha sido denegatoria y dado que el recurso de queja [ante el Tribunal Supremo] es extraordinario, pero no suspensivo, es evidente que la competencia para oír al señor Clavijo como investigado ha vuelto a este juzgado". Por ello, informa que una vez transcurrido el plazo que se dio a las partes para "alegaciones sobre el informe presentado por el Ministerio Fiscal, se fijará fecha para ser oído en declaración" de modo que así "pueda ejercitar el derecho de defensa que le corresponde".

El recurso de queja ante el Supremo por parte de los abogados de Clavijo pide al Alto Tribunal que determine qué órgano judicial es el competente, si el TSJC o el juzgado de La Laguna. Para la defensa del presidente persiste su condición de aforado, aunque el Estatuto de Autonomía aprobado el 6 de noviembre suprime los aforamientos, y considera que, por tanto, es el TSJC quien debe instruir el procedimiento.

Respecto a las apelaciones pendientes, la magistrada se refiere al informe de la Fiscalía Anticorrupción, que ha asumido recientemente la causa, donde considera que hay "indicios" en la comisión de presuntos delitos en algunas de las decisiones adoptadas por el Ayuntamiento de La Laguna en 2014, cuando Clavijo era alcalde, respecto a la concesión de un préstamo de 120.000 euros a una empresa de grúas para garantizar el servicio de recogida de vehículos. Clavijo siempre ha defendido la corrección del procedimiento administrativo y el préstamo se devolvió en tiempo y con intereses. Además, ha criticado los cambios de criterio de la Fiscalía que archivó la denuncia y luego ha visto indicios de delito sin pruebas ni nuevos hechos. Considera que es una denuncia meramente política.