El primer rifirrafe parlamentario entre Fernando Clavijo y Ángel Víctor Torres giró ayer durante el debate de investidura del primero alrededor de los casos de transfuguismo político que, según el dirigente nacionalista, se han dado en las últimas horas en los cabildos de Tenerife y La Palma. "Si usted quiere ser creíble con su compromiso por la transparencia y un gobierno abierto cumpla con el Pacto Antitransfuguismo", incidió Clavijo en relación a los acontecimientos que se dieron el miércoles y que acabaron con la presentación de dos mociones de censura a Coalición Canaria.

"El PSOE gobernará con unos tránsfugas en los cabildos de Tenerife y La Palma", repitió el nacionalista en clara referencia al Acuerdo sobre un código de conducta política en relación con el transfuguismo en las corporaciones locales firmado en Madrid por el PSOE y el PP en la primavera de 2006.

Torres replicó al nacionalista que no había estado acertado utilizando ese ejemplo y recurrió a la moción que las AIC le montaron a Jerónimo Saavedra en 1993. Eso sí, en su corta intervenció recalcó que estas situaciones "son legítimas y democráticas" y, por lo tanto, "se deben encajar con deportividad". Así concluyó un careo que alimentó unas dudas que se remontan al 7 de julio de 1998: PSOE y Coalición Canaria fueron dos de las 13 formaciones que firmaron un pacto que se ratificó el 26 de septiembre de 2000 y el 23 de mayo de 2006.

n él se refuerza la idea de que el término tránsfuga incluye expresamente a los representantes "expulsados" y a los que se apartan "individualmente o en grupo del criterio fijado por los órganos competentes de las formaciones políticas que los han presentado".

Gerardo Pérez, abogado y profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna, introduce una idea que es clave a la hora de aclarar las múltiples dudas que hay en torno al transfuguismo y su relevancia legal. "Un pacto o acuerdo entre partidos, en este caso concreto, es algo que no tiene ningún fundamento legal, es decir, que su recorrido judicial está limitado". Eso sí, subraya, es más relevante la exposición de motivos de la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. En ella ese pone el acento sobre una anomalía que ha incidido negativamente en el sistema democrático, que es lo que se conoce como transfuguismo, refiriéndose a la misma como "la práctica de personas electas en sus candidaturas que abandonan su grupo y modifican las mayorías de gobierno".

La categoría de "miembros no adscritos", modificación hecha en 2003 a la Ley 7/1985, se limitó a aquellos que, voluntariamente, no se integran en el grupo político que constituya la formación electoral por la que fueron elegidos o que abandonen su grupo de procedencia. Esa regulación, revisada por el Tribunal Constitucional, pretendía hacer frente al concejal que abandona su formación, siendo esta nota característica del concepto "tránsfuga" que justificaba la reforma y las medidas legislativas adoptadas.

Esa normativa contiene otro tipo de interpretaciones en la Ley de Cabildos y Municipios aprobada en Canarias en 2015. "Ahí entramos en dos planos que dejan en el aire el hecho de que lo sucedido con los dos consejeros de Ciudadanos se puede considerar como una situación de transfuguismo pero, a su vez, nos adentramos en un campo en el que su situación no es contemplada como tal en un marco legal que es de rango superior". Es decir, la ley estatal y la canaria difieren; pero es que la primera es básica y de obligado cumplimiento en todo el Estado.

En este sentido, Pérez ratifica que en el artículo 88 de la Ley de Cabildos se establece que "tendrán la consideración de miembros no adscritos los consejeros insulares que no se integren en el grupo que se constituya por quienes formen parte de la candidatura electoral por la que fueron elegidos, los que abandonen su grupo de procedencia y los que sean expulsados de la formación política que presentó la correspondiente candidatura. En la de municipios, además, se añaden a los que sean expulsados del partido", concluye.