El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santa Cruz ha validado la moción de censura que depuso a Carlos Alonso como presidente del Cabildo de Tenerife, tras desestimar los argumentos con los que CC alegaba que no estaba firmada por la mayoría absoluta que exige la ley.

Los nacionalistas cuestionaban la validez de esa censura porque uno de los 16 consejeros elegidos en los comicios de mayo que la suscribía, José David Carballo, representante de Sí Podemos, era todavía empleado del Cabildo, por lo que, bajo su criterio, incurría en causa de incompatibilidad para el cargo.

La sentencia responde a Coalición Canaria que "parte de una premisa incorrecta", porque el pleno de la Corporación todavía no había declarado formalmente la causa de incompatibilidad de Carballo ni había dado a este la oportunidad de optar entre su cargo electo o su empleo en la corporación insular.

Recuerda el auto judicial que el pleno en el debía tomarse el acuerdo sobre la incompatibilidad no llegó a celebrarse precisamente por la moción de censura aunque, y antes del plazo de diez días previstos en la legislación, Carballo Ceballos presentó un escrito al Secretario General del Pleno en el que solicitaba la excedencia forzosa en su puesto de trabajo en el Parque Científico y Tecnológico, por lo que su opción era mantener el puesto de consejero insular.

Para el tribunal, una vez que el consejero realizó esta solicitud se produjo la desaparición de esta causa de incompatibilidad.

El tribunal no comparte pues que se haya producido una lesión de derechos fundamentales, tal y como argumentaban los recurrentes, ya que la moción se ajustó al procedimiento legalmente establecido y no se omitieron trámites esenciales en el mismo.

Además subraya que los recurrentes parten de una tesis incorrecta al considerar que Carballo no adquiría la condición de consejero del Cabildo hasta que hubiera desaparecido su incompatibilidad y por lo tanto no podía votar la censura.