Los ayuntamientos y las pequeñas y medianas empresas (pymes) son los principales beneficiarios de la modificación de la Ley de Contratos del Sector Público en el ámbito de la contratación menor, es decir, aquella por valor inferior a 40.000 euros cuando se trata de contratos de obras o inferior a 15.000 euros cuando se refiere a suministros o servicios.

El BOE publicó ayer un decreto ley de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la UE en diferentes ámbitos, entre ellos el de la contratación pública. Se trata de un asunto especialmente sensible para los pequeños ayuntamientos, que se estaban viendo especialmente afectados por la tramitación de los contratos menores, que era especialmente engorrosa y con dificultades para realizarlos de forma rápida y eficaz con la ley de 2017. Con este cambio se simplifican los procedimientos, según explicó ayer el portavoz del Ejecutivo regional, Julio Pérez.

En los contratos menores, señala la norma, la tramitación del expediente exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación justificando de manera motivada la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto. Sin embargo, esto no será de aplicación en los contratos cuyo pago se verifique a través del sistema de anticipos de caja fija u otro similar para realizar pagos menores cuando el valor estimado del contrato no exceda de 5.000 euros.

Asimismo, requiere la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, y aclara que en el contrato menor de obras deberá añadirse, además, el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando sea requerido por las disposiciones vigentes.

La trasposición de las directivas comunitarias publicadas ayer en el BOE también incluyen otros ámbitos como el de los seguros privados, planes y fondos de pensiones y en el ámbito tributario y de los litigios fiscales, según se difundió ayer tras la celebración del Consejo de Gobierno.