El Ministerio Fiscal ha propuesto desestimar la demanda interpuesta por el anterior grupo de Gobierno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, formado por el PSOE y Cs, solicitando la nulidad de la moción de censura presentada contra la socialista Patricia Hernández por CC, PP y la edil Evelyn Alonso, con la que el nacionalista José Manuel Bermúdez recuperó la Alcaldía. Así se establece en el escrito de la Fiscalía de contestación al recurso planteado por el PSOE y Cs ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santa Cruz de Tenerife.

El anterior grupo de Gobierno alega en la demanda que se vulneró el derecho fundamental reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución Española, “a permanecer en los cargos y funciones públicas conforme a los requisitos señalados por las leyes”, porque la votación para la moción de censura fue secreta.

“El cese de la alcaldesa derivado de la moción de censura que se impugna se habría producido con infracción del procedimiento legalmente establecido, pues se llevó a cabo mediante el depósito de la papeleta de cada uno de los concejales intervinientes en una urna, en lugar de expresar su voto públicamente, asumiendo, en consecuencia, su responsabilidad pública e individualizada ante el Pleno y ante el acto de la votación de la censura, lo que es decir lo mismo que ante la ciudadanía”, se explica en el recurso. PSOE y Cs consideran que el procedimiento de votación fue nulo de pleno derecho.

Sin embargo, la Fiscalía no entiende lo mismo. “Constituye jurisprudencia constitucional asentada que la moción de censura promovida por concejales con la finalidad de lograr la destitución”, en este caso, de la alcaldesa, “forma parte del contenido del derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y los cargos públicos”. “No existe un derecho ilimitado o incondicionado a permanecer en cargos públicos en entidades locales y, lo que es más decisivo a los fines objeto de este proceso, no toda infracción del procedimiento administrativo alcanza relevancia constitucional”, dice.