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Empleo público

Los juristas del Gobierno ven inviable la conversión de los interinos en fijos

El informe jurídico que frenó la firma advierte que sin cambios en la ley estatal el acuerdo es «contrario a derecho» y lo limita a una «declaración de intenciones»

Manifestación de interinos en Canarias.

Los servicios jurídicos de la Comunidad Autónoma echan un jarro de agua fría a las pretensiones del comité de huelga del personal interino de la Administración General para que estos trabajadores accedan a la permanencia en sus puestos sin pasar por un proceso selectivo. Según los juristas, el Gobierno regional no tiene competencias para garantizar la fijeza sin la participación del Estado, cuya legislación es básica para regular el régimen estatutario de los funcionarios públicos con el fin de modular el principio de igualdad en el acceso al empleo público, es decir, sin una reforma de la ley estatal los empleados públicos no pueden consolidar sus plazas si no es concurriendo a unas oposiciones.

El esperado informe jurídico encargado por el Ejecutivo, y que dio al traste con la firma prevista del preacuerdo, arroja más incertidumbre a la viabilidad del mismo, ya que es el Estado en última medida el que tiene que reformar la legislación para que tenga cabida una solución como la que pretende el comité de huelga y que el Ejecutivo canario vislumbra en el texto del pacto alcanzado para acabar con el conflicto laboral. Lo que sí acepta el informe es que el texto sea una mera «declaración de intenciones» para constituir los grupos de trabajo sin repercusión sobre la esfera jurídica de los afectados, ya que si se entra en la misma «el preacuerdo resulta claramente contrario a derecho», advierten los juristas.

Los procesos de estabilización tampoco pueden ser restringidos con la actual normativa

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Los servicios jurídicos reiteran en sus conclusiones lo que ya expresaron en diciembre de 2020 cuando se iniciaron las movilizaciones del personal interino de la Administración General de la Comunidad Autónoma: el ordenamiento jurídico vigente impide a la Administración autonómica la conversión automática en fijos de los empleados públicos que sufren el abuso de la temporalidad y tampoco cabe en la actual normativa estatal que los procesos de consolidación y estabilización puedan desarrollarse como pruebas restringidas.

Los juristas de la Comunidad Autónoma sí abren la puerta a que el personal laboral pueda realizar un proceso de estabilización de sus puestos de trabajo mediante una fase exclusiva de concurso, es decir, únicamente con los méritos y la experiencia laboral sin necesidad de prueba de oposición. Sin embargo el personal funcionario sí tendría más dificultades para estabilizar sus plazas solo con el concurso porque la ley estatal le confiere un carácter excepcional a la valoración de méritos, mientras que la ley canaria solo lo contempla para «puestos singularizados».

El informe abre la puerta a que el personal laboral sí pueda acceder por concurso de méritos

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Sin embargo, este tipo de excepciones no pueden excluir la posibilidad de concurrencia de terceros como requisito ya que el principio de igualdad, mérito y capacidad para el acceso al empleo público está consagrado en la Constitución. En cualquier caso es el Estado a través de la legislación básica el que podrá establecer las excepciones para que se pueda aplicar un proceso restringido.

El informe jurídico alude a una reciente sentencia de mayo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en la que se especifica que «la normativa española no permite la conversión de nombramientos interinos en fijos por el mero hecho de llevar un número determinado de años desempeñando un puesto de trabajo en régimen de interinidad». En este sentido, el Tribunal Supremo ha dictaminado que si se demuestra el abuso de temporalidad «no se produciría la conversión sino que podría dar lugar a una indemnización siempre que resultase probado un daño». En un fallo de noviembre de 2020, el alto tribunal concluye que para adquirir la fijeza en la función pública se debe superar el correspondiente proceso selectivo.

Preguntas destacadas

1 ¿Qué dice el acuerdo Gobierno-sindicatos?

  • El acuerdo que no se llegó a firmar busca como objetivo conseguir la permanencia del personal no fijo que se encuentra en abuso de temporalidad, establecer los mecanismos necesarios para su permanencia y dar una «salida excepcional» al abuso de temporalidad en la Administración General autonómica.

2 ¿Tiene el acuerdo efectos jurídicos?

  • Las dos partes pretenden constituir dos grupos técnicos de trabajo para buscar las fórmulas mencionadas anteriormente. Es más un compromiso político y sindical del Ejecutivo y del comité de huelga que jurídico porque, en este caso, los servicios jurídicos autonómicos le dan poco recorrido legal.

3 ¿Cuál es la posición del Gobierno central?

  • El ministro Miquel Iceta ya dijo recientemente que Canarias tendrá que guiarse por lo que se decida para todo el Estado. Las negociaciones entre el Ministerio y los sindicatos estatales tienen previsto culminar a finales de mes y será a partir de ahí cuando se concretarán qué fórmulas se establecen para los interinos.


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