El Consejo Consultivo de Canarias considera que hay razones de «extraordinaria y urgente necesidad» en el decreto ley aprobado por el Gobierno regional el pasado 28 de junio para prorrogar las competencias del administrador único de Radiotelevisión Canaria (RTVC), Francisco Moreno, a fin de que pueda adoptar decisiones para el normal funcionamiento del ente público, tras el último fracaso del Parlamento en la designación de los miembros de la Junta de Control. Las competencias de Moreno se mantendrán hasta que el Parlamento apruebe el mandato marco.

La Cámara solicitó dictamen al Consultivo sobre el texto, que otorga a Moreno la potestad de hacer uso de los medios técnicos que se han utilizado hasta ahora y además lo obliga a convocar un nuevo concurso con carácter abierto en el plazo de tres meses para la contratación de los medios técnicos para el funcionamiento del canal y si queda vacío se podrá prorrogar el uso actual. Asimismo, también otorga a Moreno la capacidad para negociar un nuevo convenio colectivo con el personal de informativos de RTVC, que se encuentra subrogado por el ente desde 2018.

El Consejo Consultivo estima que las tres competencias que otorga el decreto ley al administrador único de RTVC son «extraordinarias» y de «urgente necesidad» ya que se trata de garantizar la continuidad de las emisiones del canal autonómico ante la imposibilidad de que la Cámara regional acuerde el nombramiento de los miembros de los órganos de control de la sociedad y que los grupos se pongan de acuerdo para aprobar el mandato marco, documento donde se tendrá que definir el modelo de servicios informativos, su coste y medios.

El Consultivo considera que hay una situación de «bloqueo jurídico y fáctico» que se dilata en el tiempo. El órgano enumera las distintas modificaciones que se han realizado de la ley de RTVC y los sucesivos decretos leyes que se han validado para mantener una provisionalidad que se prolonga ya tres años.

Aunque el Consultivo ratifica la legalidad del decreto, sí advierte en las observaciones que realiza al final del dictamen que es «perentorio» la constitución de los órganos del ente, es decir, Junta de Control y director general porque un órgano unipersonal creado para seis meses, el administrador único, ya lleva tres años asumiendo funciones que no le corresponden, con el riesgo de que se convierta en un «órgano indefinido».

El Consultivo también recuerda que la convocatoria del concurso que realice el administrador único debe cumplir la normativa estatal de contratos públicos aunque sea una medida extraordinaria.