El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santa Cruz de Tenerife ha anulado la concesión al Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC) por parte del Cabildo de La Palma de unos terrenos en Puntagorda para la posible construcción del Telescopio de Treinta Metros (TMT).

En su sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, el magistrado Roi López Encinas estima el recurso de Ben Magec Ecologistas en Acción, que sostiene que el promotor real de la actuación sujeta a concesión es TIO (Telescope International Observatory), de modo que debió ser la única destinataria de dicha concesión administrativa.

La organización ecologista sospecha que en este proceso se ha "instrumentalizado" al IAC para "soslayar las exigencias de concurrencia competitiva que de otro modo se hubiesen tenido que abordar" para la concesión durante 75 años para la ocupación de unos terrenos de monte, dentro del catálogo de utilidad pública, en el Pinar de las Ánimas y Julianes.

El juez deduce en su sentencia que no existe convenio que ampare la condición de concesionario directo del IAC, por lo que no se le puede considerar como futuro administrador de un observatorio en relación al cual no consta acuerdo con eficacia jurídica con su promotor.

Abunda en que la norma de cobertura seleccionada, la concesión administrativa recurrida, "no es apta para tal fin", y que se ha de aplicar "la norma que se ha tratado de eludir", esto es, el artículo 93 de la Ley de Patrimonio en lo relativo a su regla general de otorgamiento de concesiones en régimen de concurrencia.

En cambio, el juez, que impone las costas procesales al Cabildo de La Palma, no observa en el proceso ni simulación ni causa ilícita.

En un comunicado, Ben Magec Ecologistas en Acción atribuye a "las prisas y complacencia" del Cabildo de La Palma y del IAC la elaboración de un procedimiento administrativo "chapucero y plagado de vicios de nulidad" que han derivado en este fallo.

Advierte de que hará valer los otros dos fundamentos jurídicos de su demanda, los relacionados con la legalidad urbanística y medioambiental, en los que no entró el juez, en el caso de que el Cabildo presente recurso de apelación o si tramitase por tercera vez una concesión para la construcción del TMT en este espacio protegido.

Recuerda Ben Magec que la concesión ahora anulada fue tramitada por el Cabildo en 2019 tras la anulación por parte del mismo juzgado de la anterior concesión de suelo para el TMT de 2017, y hace hincapié en que este nuevo fallo devuelve al proyecto a "la casilla de salida desde el punto de vista administrativo".

"Creemos que los cinco años que ha perdido el consorcio TIO en La Palma debería hacerle reflexionar sobre la estrategia arrogante y poco respetuosa que han llevado tanto en Hawai como en Canarias, envalentonados con los apoyos institucionales y despreciando los argumentos de la oposición al TMT", sostiene Ben Magec.

La organización ecologista entiende que el área el Roque de Los Muchachos, zona de conservación prioritaria de la Red Natura 2000 y zona periférica de protección del Parque Nacional Caldera de Taburiente, ha alcanzado uno niveles de urbanización "impropios de este paisaje emblemático, rico en biodiversidad y yacimientos arqueológicos".

"Nos opondremos firmemente a la implantación de más elementos ajenos a la naturaleza del lugar, como el TMT, la Red Cherenkov o el Telescopio Solar Europeo", concluye.

La isla de La Palma figura como el "plan b" del consorcio del TMT, que eligió como primer emplazamiento el observatorio del Mauna Kea, en Hawái, aunque se ha producido una importante contestación de las comunidades aborígenes de la isla, que consideran sagrada la cumbre de ese volcán, por lo que los promotores buscan alternativas para un proyecto millonario.

La administración estadounidense se ha concedido un año de plazo para evaluar el proyecto y la contestación que ha surgido al mismo en Hawái antes de decidir de forma definitiva si mantiene esta opción o "cede" su instalación a la isla canaria.

El telescopio de treinta metros pertenece a una nueva generación de telescopios "extremadamente grandes" que permitirán ver mucho más profundamente el espacio y observar objetos cósmicos con una sensibilidad sin precedentes.

Su construcción rondaría los 1.200 millones de euros y el gasto anual de sus operaciones y mantenimiento unos 39 millones.

Con un diámetro del espejo principal de 30 metros, el TMT será tres veces más ancho y tendrá un área nueve veces mayor que el mayor telescopio de luz visible actualmente existente en el mundo.

El telescopio ha sido diseñado y desarrollado por una asociación internacional sin fines de lucro en la que participan el Instituto de Tecnología de California, la Universidad de California, los Institutos Nacionales de Ciencias Naturales de Japón, los Observatorios Astronómicos Nacionales de la Academia de Ciencias de China, el Departamento de Ciencia y Tecnología de la India y el Consejo Nacional de Investigación de Canadá.

El IAC recurrirá

En un comunicado, el IAC puntualiza que dicha concesión estaba condicionada a que en un plazo de "unos pocos años, que todavía no ha transcurrido", el Observatorio Internacional TMT decidiese su construcción en dicho emplazamiento, lo que aún no ha sucedido.

Subraya que conforme establece el Tratado Internacional "Acuerdo de Cooperación en Astrofísica" de 1979, ratificado por las Cortes, es preciso disponer de la concesión del terreno para convencer al organismo internacional TMT de que adopte una decisión favorable a la instalación en La Palma de lo que sería "la mayor inversión en materia científica de la historia de nuestro país".

Abunda en que, dentro de sus obligaciones y competencias estatutarias, el IAC "debe asegurar los retornos científicos para el Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias de las instalaciones astronómicas en esta comunidad mediante convenios de colaboración con las instituciones responsables de los telescopios que se vayan a instalar".

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santa Cruz de Tenerife anuló la concesión al entender que no existe convenio que ampare la condición de concesionario directo del IAC, por lo que no se le puede considerar como futuro administrador del TMT en relación al cual no consta acuerdo con eficacia jurídica con su promotor.

Abunda en que la norma de cobertura seleccionada, la concesión administrativa recurrida, "no es apta para tal fin", y que se ha de aplicar "la norma que se ha tratado de eludir", esto es, el artículo 93 de la Ley de Patrimonio en lo relativo a su regla general de otorgamiento de concesiones en régimen de concurrencia.

Ben Magec Ecologistas en Acción sospecha que en este proceso se ha "instrumentalizado" al IAC para "soslayar las exigencias de concurrencia competitiva que de otro modo se hubiesen tenido que abordar" para la concesión durante 75 años para la ocupación de unos terrenos de monte, dentro del catálogo de utilidad pública, en el Pinar de las Ánimas y Julianes.

La organización ecologista advierte de que hará valer los otros dos fundamentos jurídicos de su demanda, los relacionados con la legalidad urbanística y medioambiental, en los que no entró el juez, en el caso de que el Cabildo presente recurso de apelación o si tramitase por tercera vez una concesión para la construcción del TMT en este espacio protegido.

Recuerda Ben Magec que la concesión ahora anulada fue tramitada por el Cabildo de La Palma en 2019 tras la anulación por parte del mismo juzgado de la anterior concesión de suelo para el TMT de 2017, y hace hincapié en que este nuevo fallo devuelve al proyecto a "la casilla de salida desde el punto de vista administrativo".