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Una ley con alfombra roja

Noemí Santana entrega en el Parlamento el proyecto de ley de juventud a solo seis meses de que acabe la legislatura

Noemí Santana, entrega a Gustavo Matos el proyecto de ley junto a Laura Fuente. | |EFE

En el tiempo de descuento de la legislatura la consejera de Podemos del ‘pacto de las flores’ hizo ayer entrega en el Parlamento del proyecto de ley de Políticas de Juventud. Como ya hiciera con el de la Renta Ciudadana no se ahorro el boato de los grandes acontecimientos legislativos.

Noemí Santana le ha cogido el gusto a la pompa. La consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud del Gobierno de Canarias volvió ayer a echar mano de toda la parafernalia que hasta ahora se reservaba a la ley de presupuestos, la más importante que elabora un gobierno porque de ella depende toda la aplicación de sus políticas en el año. Ya lo hizo en mayo con el proyecto de ley de Renta de Ciudadanía y ayer repitió con la de Políticas de Juventud. Acompañada de la directora general de Juventud y a la sazón, Laura Fuentes, coordinadora de Podemos Canarias, se plantó en el Parlamento para hacer entrega al presidente Gustavo Matos de una cartulina con un QR impreso en el que se guarda el articulado que los grupos deberán, a partir de ahora, diseccionar y debatir. La duda es si dará tiempo a aprobarla en lo que queda de legislatura. Es decir, hasta marzo que se disuelva la Cámara por la convocatoria de las elecciones de mayo del año que viene.

Santana destacó en la presentación que se trata de una ley «ampliamente participada que además garantiza la dotación presupuestaria necesaria para emprender políticas en nuestra comunidad, haciendo especial hincapié en el Plan de Garantía Juvenil, dirigido a fomentar el empleo entre nuestra juventud, y en contar con una financiación importante para el Plan Canario de Juventud».

La norma regional actual data de 2007 y no ha sufrido reformas durante los quince años en vigor

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Recordó la consejera que desde el año 2007 Canarias no contaba con una ley de Juventud «que además entonces no fue dotada económicamente». «Con esta, damos garantía y amparo jurídico para impulsar y potenciar las acciones dirigidas a nuestra población joven», matizó la responsable del área en el Ejecutivo canario.

Fuentes, por su parte, defendió, que se trata de una ley «mucho más realista que genera derechos a la juventud y deberes a las instituciones y que apuesta por la transversalidad para que no se diseñen políticas que tienen que ver con la juventud pero sin contar con su protagonismo ni conocer cuáles son sus necesidades», recoge Efe.

El proyecto de ley, señala la responsable del área, tiene como objeto favorecer la autonomía de la población joven de Canarias adecuándose a los objetivos de desarrollo sostenible y la Agenda 2030 y destacando la necesidad de recursos materiales, económicos y humanos a todos los niveles institucionales favorecer la implantación y desarrollo de las políticas de juventud.

El texto del proyecto estructura la futura ley en ocho títulos, setenta y seis artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales.

El Título I, como novedad, acomoda el concepto de persona a amplio tramo de edad que va desde los 12 a los 30 años. De forma consuetudinaria, con fines estadísticos, internacionalmente se definen a los jóvenes como aquellas personas de entre 15 y 24 años.

La propuesta amplía la franja de edad de la etapa juvenil: empezaría a los 12 años y acabaría a los 30

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En el Título II se identifican las Administraciones públicas implicadas en el ámbito de aplicación de la ley y se determinan las competencias de cada una.

El Título III está dedicado al Consejo de Políticas de Juventud, como órgano de participación, coordinación y toma de decisiones, con una significativa presencia de las personas jóvenes.

El Título IV regula la participación juvenil, concretando su definición e identificando los agentes y las vías de participación.

El Título V regula las Planificación de las Políticas de Juventud, cuyo máximo exponente es del Plan Integral de Juventud de Canarias y el Observatorio Canario de la Juventud .

El Título VI contempla los servicios y equipamientos juveniles y el VII, regula el régimen financiero y, por su parte, el Título VIII se dedica a la inspección y el régimen sancionador.

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