FISCALIDAD

¿Es posible un impuesto turístico 'a la carta' en Canarias?

La fórmula del tributo propio para establecer un impuesto a las pernoctaciones en hoteles y similares permite habilitar a los ayuntamientos para elevar o bajar la cuantía del gravamen en función de sus circunstancias, de modo que los municipios turísticos obtuvieran unos ingresos extras por la mayor presión que soportan sus servicios públicos y los no turísticos no vieran comprometido el desarrollo de la industria por una carga excesiva

Turistas de un crucero anclado en puerto.

Turistas de un crucero anclado en puerto. / Europa Press

Santa Cruz de Tenerife

Ni La Palma es Lanzarote ni el municipio tinerfeño de El Tanque es Mogán, Adeje o el Puerto de la Cruz. Canarias es un destino turístico de primer orden, pero no toda Canarias convive con el turismo con la misma intensidad, ya sea porque su desarrollo socioeconómico no se ha producido tan de la mano de la industria de los viajes y del ocio –el caso de las llamadas ‘islas verdes’: El Hierro, La Gomera y La Palma–, ya sea por sus propias características, como pueden ser los casos de las localidades menos bendecidas por el maná del sol y la playa.

Una realidad dual en la que unos municipios y unas islas se benefician en mayor medida del gasto de los visitantes, mientras que otros y otras lo hacen en mucha menor cuantía. O al contrario: una dualidad en la que unos municipios y unas islas soportan una mayor presión de los viajeros sobre sus servicios públicos, mientras que en otros y otras los efectos negativos del turismo de masas son casi imperceptibles. Por eso es difícil encontrar un equilibrio en el debate sobre la implantación de un impuesto a las pernoctaciones. Porque mientras que hay municipios e islas que han alcanzado un nivel de desarrollo turístico de tal magnitud que la cuestión ya no es cómo crecer sino cómo aminorar esos efectos negativos de semejante crecimiento –enclaves saturados, turistificación de zonas residenciales, residencialización de zonas turísticas...–, otros tienen margen para sacar mucho más rédito de la primera industria regional.

El impuesto a las pernoctaciones surge así como una oportunidad de obtener ingresos extras con los que paliar las externalidades de la actividad en esos municipios e islas eminentemente turísticos y, en cambio, como un obstáculo al desarrollo del sector en esos otros municipios y esas otras islas que no se han subido al carro, por el motivo que sea, del turismo de masas. Entonces, ¿es posible contentarlos a todos? Parece que sí.

En islas como las ‘verdes’, con menor desarrollo turístico, el tributo puede ser más bien simbólico

Así lo cree, por ejemplo, César Martínez Sánchez, profesor de Derecho Tributario y Financiero de la Autónoma de Madrid. Es posible, en términos gruesos, una suerte de ‘impuesto a la carta’ que permitiese a los municipios turísticos cobrar 4, 6, 8 o diez euros por cada noche que el visitante pase en sus hoteles y que, al mismo tiempo, también permitiese que los municipios no turísticos solo exigiesen el pago de diez, 20 o 30 céntimos. ¿Qué hace falta para ello? Pues una ley del Parlamento.

El caso de Mogán

Hay que tener en cuenta que la fórmula de la tasa municipal, por más que el Ayuntamiento de Mogán haya aprobado una por la que cobra 15 céntimos por noche, no tiene cabida. A juicio de los expertos consultados por este diario, ese gravamen durará lo que los tribunales tarden en tumbarlo. ¿Por qué? Porque la tasa exige una contraprestación ‘directa’ a quien la paga: su consistorio le cobra una tasa por el servicio de aguas porque usted es beneficiario directo de ese servicio. Difícilmente podrá encontrarse una contraprestación pública directa a quien se queda a dormir en un hotel.

La fórmula para establecer ese controvertido gravamen a las pernoctaciones –que ha generado un acalorado debate en las últimas semanas azuzado desde las filas tinerfeñas de CC– sería, por tanto, la del impuesto. Ahora bien, ¿un impuesto ‘anclado’ en el Régimen Económico y Fiscal (REF)?, tal como planteó la propia CC en su último congreso regional, ¿o un tributo propio? Si se quiere ir lo más rápido posible; si se quiere que ese impuesto pueda modularse en función de las necesidades de cada localidad o isla; y, sobre todo, si se quiere que ‘todo quede en casa’, esto es, que no sea necesario recurrir al Estado, entonces la respuesta es sencilla: un tributo propio.

Solo una ley autonómica garantiza la seguridad jurídica que no tiene la ‘tasa’ de Mogán

La razón es que el establecimiento de un tributo propio –es el término jurídico– solo exige la aprobación de la normativa correspondiente en el Parlamento, mientras que su inclusión en el REF necesita el visto bueno del Estado, ya que la del REF es una ley estatal. Pero es que, además, el sistema de reparto de la recaudación por los tributos del REF, con el IGIC en primer lugar, ya está establecido: un 42% va para las arcas regionales y el restante 58%, para las arcas de las entidades locales. Y, en principio, no cabe moverse de ahí, mientras que en la normativa de ese eventual tributo propio cabría fijar unos sistemas singulares de gestión, recaudación y reparto de los ingresos. Con las lógicas salvedades que determina la ley general, cabría lo que el Parlamento decidiese.

Cuantía variable

Se podría, por ejemplo, instaurar un impuesto que rija en todo el Archipiélago, de solo 50 céntimos o un euro por noche, y al tiempo habilitar a los ayuntamientos para que eleven o bajen esa cuantía en función de sus circunstancias. El municipio turístico podría llevarlo hasta los cinco, diez o 15 euros por persona y noche, y el municipio no turístico, o los de las ‘islas verdes’ en general, podría dejarlo en solo diez céntimos. Con la posibilidad de que el importe del gravamen vaya ajustándose en función de la evolución del negocio turístico en cada lugar. El impuesto sería autonómico pero la gestión sería local. Sería así posible que los municipios turísticos tuvieran los ingresos extras que llevan años exigiendo por la mayor presión que soportan y, a la vez, que los no turísticos se libraran de una carga excesiva que dificultaría las posibilidades de desarrollo de la industria en sus respectivos ámbitos.

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