Canarias registró 5.115 abortos en 2024, un 36% de ellos en mujeres reincidentes
En la sanidad pública canaria se opta más por tratamientos farmacológicos (89,4%) para los abortos, mientras la cirugía es el método más usado en centros privados

Ilustración sobre el aborto / Vostok1

En total, en toda Canarias en 2024 se realizaron 5.115 interrupciones voluntarias del embarazo (IVE), de las que 2.529 se llevaron a cabo en Las Palmas y 2.586 en la provincia de Santa Cruz de Tenerife. En la sanidad pública, los abortos voluntarios se pueden realizar en ocho hospitales públicos -todos a excepción del Doctor Negrín, en Gran Canaria-. En su vertiente privada, las mujeres pueden acudir hasta a cinco centros privados y acreditados con los que, además, la Consejería de Sanidad concierta parte de la demanda.
La asistencia cambia dependiendo de la titularidad del centro. Según los datos del Ministerio, en la sanidad pública se opta más veces por realizar tratamientos farmacológicos (el 89,4%), que solo se puede realizar por debajo de la semana 8 de gestación. Esto se ha conseguido gracias a que el 28,28% de las mujeres que se realizaron una IVE en 2024 tenían 28 semanas o menos.
Los centros privados - que llevan décadas perfeccionando sus tratamientos- optan en un 97% de los casos por la cirugía que se convierte así en el método más utilizado en las Islas. A ojos del Ministerio de Sanidad esta diferencia entre la asistencia privada y la pública es «uno de los elementos importantes que condiciona la capacidad de cada región de llevar a cabo la prestación de IVE a su población».

Ilustración sobre el aborto / Vostok1
Mujeres que repiten
Una de las situaciones que más preocupan es, sin embargo, la cantidad de mujeres que repite. «El 36,3% de quienes lo solicitaron habían pasado por una IVE previa», remarca la técnico de la Consejería de Sanidad, que insiste en que, por otro lado, un 55% de las mujeres que lo hicieron no usaban anticonceptivos. «Por eso aprovechamos para también asistirlas con un protocolo de anticoncepción», recalca.
Y es que este procedimiento - ya sea quirúrgico o farmacológico - entraña ciertos riesgos. Por ejemplo, en el caso de la utilización de IVE farmacológico puede darse cólicos, sangrado abundante, náuseas, vómito y diarrea, incluso, en un pequeño porcentaje, retención de restos o infección uterina. En el procedimiento quirúrgico, los efectos van desde el dolor pélvico hasta lesiones más graves. Sin olvidar los efectos a nivel psicológico.
«Damos por hecho que cuando una mujer recurre al IVE es porque no lo quiere tener y lo relacionamos con una suerte de insensibilidad», remarca Verónica Doval, psicóloga del Colegio de Psicólogos de Santa Cruz de Tenerife. Como insiste, incluso cuando es una decisión «meditada» y «legal», esta situación ocasiona muchas veces «culpa» en la mujer, que puede llevar a desarrollar trastornos de estrés postraumático o depresión.

Ilustración sobre el aborto / Vostok1
La constitucionalidad del aborto
En medio de la bronca política, los desplantes de las comunidades autónomas al Ministerio de Sanidad y el riesgo de retroceder en los derechos de las mujeres, el Gobierno de España propone que el aborto se convierta en un derecho constitucional. Algo que, aunque el profesor de la Universidad de La Laguna (ULL) en Derecho Constitucional, Gerardo Pérez, no concibe como un imposible –otros países lo incluyen, como Francia–, pero sí complicado de llevarse a término en unas Cortes tan «a la gresca». De hecho, el Partido Popular se ha mostrado en contra de la propia ley de 2023, asegurando que supone «una ruptura del consenso social».
Y es que, para llevar esta modificación a término, la propuesta debe pasar por un complejo trámite. «La Constitución tiene dos procedimientos de reforma, uno que requiere mayoría cualificada, es decir, el acuerdo de dos tercios de la cámara, con la disolución posterior de las cortes y una nueva votación de dos tercios; y otra en el que solo se requiere la aprobación de tres quintos del Congreso de los Diputados», insiste.
Aunque a ojos del jurista esta incorporación debería entrar en el Capítulo II del Título I, donde se encuadran los derechos fundamentales; «el Gobierno está pensando hacerlo a través del Capítulo III del Título I, donde se encuadran los principios rectores». «Esto les ahorraría la mayoría, pero resulta un atajo poco serio», sentencia Pérez. No obstante, a día de hoy nunca se ha modificado la Constitución con estas mayorías reforzadas. «Todos los cambios, tres hasta el momento, se han hecho por la vía de los tres quintos».
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