El 60649, el quinto premio, cae en Las Palmas de Gran Canaria: dónde ha tocado en Canarias y cuándo cobrar el premio
La suerte reparte el premio valorado en 60.000 euros a la serie, el décimo en 6.000
Sigue el sorteo extraordinario de la Lotería de Navidad desde Canarias

La Provincia
El número 60649, quinto premio del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad 2025, ha tocado en Las Palmas de Gran Canaria. El número está dotado con 60.000 a la serie y 6.000 por décimo. A las 09.40 hora canaria, en el Teatro Real donde se celebra el Sorteo de Navidad que se puede seguir en directo desde LA PROVINCIA , los niños del colegio de San Ildefonso cantaron este premio. Comprueba aquí si alguno de tus décimos ha sido premiado.
Concretamente ha sido en la administración ubicada en el Corte Inglés de Siete Palmas en la Avenida Pintor Felo Monzón.
¿Cuánto se queda Hacienda?
El Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad reparte millones de euros en premios cada año, pero no todo el dinero va directamente al bolsillo del ganador. Hacienda también juega, y se queda con una parte significativa del premio, especialmente en los de mayor cuantía.
El premio Gordo otorga 400.000 euros por décimo, pero tras aplicar la normativa fiscal vigente, la cantidad neta que recibe el ganador se reduce a 328.000 euros. Esto ocurre porque la Agencia Tributaria aplica un impuesto del 20% sobre el importe del premio que exceda los 40.000 euros exentos.
Es decir, en el caso del Gordo:
- Primeros 40.000 euros: libres de impuestos.
- Resto del premio: 360.000 euros.
- Hacienda aplica un 20% sobre esos 360.000 euros, lo que equivale a 72.000 euros de retención.
Por lo tanto, el premio final que llega al bolsillo del afortunado es: 400.000 - 72.000 = 328.000 euros.
Este esquema se aplica a todos los premios superiores a 40.000 euros del sorteo.
¿Qué pasa con el segundo y tercer premio?
La retención de Hacienda se calcula siempre sobre la base del importe que supere los 40.000 euros exentos, y se mantiene el porcentaje del 20%.
Segundo premio: 125.000 euros
- Exento: 40.000 €
- Parte sujeta a impuestos: 85.000 €
- Retención: 17.000 €
- Importe neto para el ganador: 108.000 euros.
Tercer premio: 50.000 euros
- Exento: 40.000 €
- Parte sujeta a impuestos: 10.000 €
- Retención: 2.000 €
- Ganancia final: 48.000 euros.
En cambio, premios iguales o inferiores a 40.000 euros están totalmente libres de impuestos. No requieren declaración ni suponen ninguna carga fiscal adicional.
¿Cómo tributan los décimos compartidos?
En España es muy habitual que familiares, amigos, compañeros de trabajo o parejas compartan un décimo. En estos casos, también existen implicaciones fiscales.
Hacienda exige que los 40.000 euros exentos se repartan proporcionalmente entre todos los participantes. Por ejemplo, si dos personas comparten al 50% un décimo premiado con el Gordo, cada una tiene 20.000 euros exentos y tributa por 180.000 euros, con una retención individual de 36.000 euros. Así, cada persona recibe 164.000 euros netos.
Si una sola persona cobra el premio en representación del grupo, debe acreditar ante Hacienda:
- El número de participantes.
- La identidad de cada uno.
- El porcentaje que le corresponde a cada persona.
Esto es clave para evitar que el dinero recibido por transferencia a otros participantes sea considerado una donación, lo que conllevaría el pago de impuestos adicionales.
¿Es necesario hacer algún trámite adicional con Hacienda?
No. La retención del 20% se aplica directamente en el momento del cobro del premio. No es necesario incluir este ingreso en la declaración del IRPF, ya que se trata de un gravamen especial contemplado en la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, y gestionado por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).
Esta retención actúa como un ingreso a cuenta, lo que significa que el premiado no tiene que pagar más impuestos por ese dinero, ni presentar documentación adicional, salvo que se trate de un premio compartido.
¿Cuánto tiempo hay para cobrar un premio de la Lotería de Navidad?
Los ganadores del Sorteo de Navidad disponen de un plazo máximo de tres meses para cobrar el premio, contados desde el día siguiente al sorteo. En 2025, eso significa que el plazo vence el 24 de marzo de 2026.
Después de esa fecha, el derecho a cobrar el premio expira legalmente y no podrá reclamarse.
¿Dónde se puede cobrar el premio?
Los premios se pueden cobrar en:
- Cualquier oficina bancaria autorizada si el premio supera los 2.000 euros.
- Las administraciones de lotería, si el importe es igual o inferior a esa cantidad.
SELAE actúa como pagadora del premio, y es la encargada de aplicar la retención correspondiente en el mismo momento del cobro.
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