Hacienda lo confirma: los hijos que vivan gratis en casa de sus padres podrían tener que pagar impuestos a la Agencia Tributaria
El fisco considera que este hecho constituye un fraude a la ley debido al conflicto existente con la administración

Lucía Feijoo Viera
Un nuevo frente fiscal vuelve a poner en alerta a las familias españolas. Hacienda, bajo la dirección de María Jesús Montero, ha reforzado el control sobre una situación muy común en muchos hogares: los hijos que viven con sus padres sin pagar alquiler. Esta circunstancia, habitual en el contexto económico actual, puede derivar ahora en nuevas obligaciones fiscales que afecten directamente a la economía familiar.
Los economistas han detectado un vacío legal que la Agencia Tributaria puede aprovechar. Según explican los expertos, Hacienda puede considerar que los hijos que viven gratis en una vivienda propiedad de sus padres están recibiendo un beneficio económico, ya que la cesión gratuita del uso del inmueble puede interpretarse, en determinados supuestos, como una renta en especie con valor fiscal.
El problema que afecta a millones de hogares en España
Según los datos extraídos de los informes publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), Eurostat y el Observatorio de Emancipación del Consejo de la Juventud de España, en este país viven 6 millones de jóvenes de entre 16 y 34 años que aún residen en el hogar familiar.

Agencia Atlas -EFE
Esto significa que solo 14,8% de los ciudadanos de esa edad han logrado emanciparse. En España, los hijos se van de media a los 30,4 años., un dato muy superior al del resto de la Unión Europea, donde se van de casa a los 26 años.
Hacienda entiende que existe una "renta imputada por cesión de uso"
La Agencia Tributaria puede considerar que residir gratis en una vivienda que no es la habitual genera un beneficio económico sujeto a IRPF o incluso al Impuesto de Donaciones. La normativa no se limita a analizar si existe convivencia familiar, sino si esa convivencia supone una ventaja económica cuantificable.
Cuando unos padres permiten que un hijo viva gratis en una vivienda de su propiedad, Hacienda puede entender que el hijo está obteniendo un ingreso en especie, el ahorro del alquiler que debería pagar a precio de mercado.
Los economistas dan con la clave
Los expertos tranquilizan a las familias, porque la vivienda habitual familiar no genera problemas con Hacienda. Si padres e hijos conviven en el domicilio habitual, la Administración entiende que se trata de una situación normal de convivencia y no existe ningún rendimiento ni renta imputable.
Sin embargo, el conflicto aparece cuando el inmueble no es la vivienda habitual, sino una segunda residencia, una vivienda independiente o un inmueble de alto valor. En estos casos, Hacienda puede considerar que existe una "renta imputada por cesión de uso", es decir, un rendimiento ficticio que debe tributar aunque no haya un pago real de dinero.
Estos son los impuestos aplicables a este caso
Ese beneficio se traduce en un importe equivalente a un alquiler de mercado y puede obligar a tributar por él en el IRPF, bien en la declaración de los padres o en la del hijo, dependiendo de la calificación del caso.
Hacienda puede ir un paso más allá si considera que la cesión gratuita de la vivienda no es puntual, sino una ventaja patrimonial continuada, puede calificarla como una donación encubierta. En ese escenario, entraría en juego el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuya cuantía varía según la comunidad autónoma y puede suponer un coste elevado.
Esta interpretación suele darse cuando el uso gratuito se prolonga en el tiempo, no existe ningún tipo de contraprestación y el valor del inmueble es significativo. Así que si cumples estas limitaciones, estate atento, porque Hacienda puede poner el foco sobre ti.
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