Multado con 200 euros por circular con este tipo de vehículo: la Guardia Civil pone el foco en los conductores canarios
Los agentes de tráfico insisten en la importancia de conocer la normativa

La multa más rara que pone la Guardia Civil a los ocnductores
La Guardia Civil junto a la Dirección General de Tráfico (DGT) se encargan de velar por la seguridad vial y reducir la siniestralidad en las carreteras canarias y del resto del país. Para ello, emplean campañas de vigilancia y sancionan económica a los conductores que incumplen la normativa establecida.
El Reglamento General de Circulación y la Ley de Tráfico recogen las normas que se deben cumplir al volante. Hay infracciones muy conocidas por los conductores como el exceso de velocidad, el uso del teléfono móvil o la ausencia del seguro obligatorio. Sin embargo, hay otras sanciones desconocidas que también imponen los agentes de tráfico.
La multa desconocida por los conductores
Una de las multas menos conocidas por los conductores afecta a los vehículos considerados históricos. Esta catalogación se obtiene cuando un coche o motocicleta con al menos 30 años de antigüedad y mantiene su estado original, es decir, no ha sufrido modificaciones y se conserva en buen estado. Además, al considerarse un bien con valor histórico puede incluirse en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español.
Circulación de los vehículos históricos
La DGT aclara que este tipo de vehículos catalogados como históricos "deben adaptarse la circulación". Estos vehículos tiene un uso ocasional "sin exceder de 96 días al año". Además, "los vehículos que no superen los 40 km/h circularán por el arcén siempre que sea posible" y "no podrán circular por autopista o autovía los que no alcen los 60 km/h".
Otra de las particularidades, es que se "le aplican las normas generales de circulación y, en consecuencia, también la exigencia de estar provistos de seguro obligatorio y la ITV al día los vehículos que aplique". También, "debe cumplir con las limitaciones de circulación que figuren en la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo".
Otras sanciones
El artículo 14 del Reglamento General de Circulación establece que la carga del vehículo debe ir correctamente sujeta. Las bolsas de la compra, paquetes o mochilas no pueden ir sueltos por el coche, ya que eso supone un riesgo para la seguridad vial en caso de que el conductor debe realizar una maniobra brusca. Incumplir esta norma supone una sanción económica de 200 euros.
Una correcta posición tanto del conductor como del resto de pasajeros, también es fundamental para la seguridad de los ocupantes del vehículo. "Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario", recoge el artículo 3.
El objetivo de los agentes es prevenir a los conductores para evitar riesgos e infracciones innecesarias durante la circulación.
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