Multado con 600 euros y la pérdida de 6 puntos por superar este límite de velocidad en ciudad que muchos desconocen: la Guardia Civil vigila a los conductores canarios
El Ministerio del Interior recuerda a los conductores el límite real de velocidad en las ciudades

El exceso de velocidad se lleva la vida de muchos conductores / LP/DLP
La Guardia Civil junto a la Dirección General de Tráfico (DGT) trabajan para garantizar la seguridad vial y reducir la siniestralidad en las carreteras de la isla y del resto del país. Par ello, ponen en marcha campañas de vigilancia y concienciación con el objetivo de que los conductores cumplan con la normativa, especialmente en lo que respecta a los límites de velocidad.
El Ministerio del Interior ha compartido un post en X con el que busca concienciar y recordar a los conductores el límite de velocidad real en las ciudades. "Superarlo no solo trae sanciones, también pone en riesgo tu vida y la de otros".
El límite real en vías urbanas
El artículo 50 del Reglamento General de Circulación, modificado por el Real Decreto 970/2020 establece que el límite de velocidad en vías urbanas es:
- 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera
- 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación
- 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.
"A estos efectos, los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o uso exclusivo de transporte público no están contabilizados", aclara la DGT.
Según Tráfico, esta medida hace las calles más seguras, especialmente para los peatones, ya que reduce la gravedad de los atropellos.
Límites en vías interurbanas
En las vías interurbanas, los límites de velocidad se mantienen:
- 90 km/h en carreteras convencionales.
- 120 km/h en autopistas y autovías para turismos y motocicletas.
- Las bicicletas pueden circular por autovías, salvo prohibición expresa, hasta 45 km/h y el ciclista debe llevar obligatoriamente el casco. Aunque tiene prohibido el acceso a autopistas.
- Los ciclomotores no pueden circular ni por autopistas ni por autovías.
Sanciones por exceso de velocidad
Los agentes de tráfico vigilan a los conductores que no respeten los límites de velocidad y se exponen a sanciones que oscilan entre 100 y 600 euros, además de la perdida de dos a seis puntos del carné de conducir, dependiendo de la gravedad.
Según la ley: "Es un delito conducir con exceso de velocidad superior a la establecida en 60 km/h en vías urbanas y en 80 km/h en vías interurbanas. En los tramos de autovías y autopistas interurbanas de acceso a las ciudades en que se hayan establecido límites inferiores a 100 km/h, los excesos de velocidad se sancionarán con la multa económica correspondiente al cuadro de sanciones. El resto de los efectos administrativos y penales sólo se producirá cuando superen los 100 km/h y en los términos establecidos para este límite".

Sanciones por superar los límites de velocidad / DGT
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