Empleo público
La Justicia europea tumba los procesos de estabilización de interinos
El TJUE cuestiona las medidas para reducir la tasa de temporalidad, pero el Gobierno no se da por aludido

Protesta de trabajadores interinos en la capital grancanaria. / Andrés Cruz
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tumba todas las medidas puestas en marcha por el Estado para reducir los elevados índices de interinidad en las administraciones públicas porque incumplen la Directiva comunitaria sobre el trabajo de duración determinada, que castiga el abuso de la contratación. Ni la implantación de la figura del indefinido no fijo, ni las indemnizaciones para los interinos que se quedan sin plaza ni siquiera los procesos de estabilización, que acaban de finalizar después de más de cuatro años, son procedimientos válidos para los jueces comunitarios. En Canarias más de 3.000 empleados públicos de la Administración General, más el personal interino de los cabildos y ayuntamientos de las Islas, se han estabilizado en sus puestos, mientras los procesos en Sanidad y Educación siguen desarrollándose con altibajos.
Ya el abogado general de la UE adelantó el pasado mes de octubre lo que finalmente ha fallado la Corte comunitaria y es que España sigue sin contar con medidas y sanciones suficientes que eviten el abuso de la temporalidad en el sector público. Aunque el fallo destaca de los procesos de estabilización que se valore la experiencia previa del trabajador afectado y el tiempo de servicio dedicado por él al desarrollo de sus tareas "esta valoración no se limita a aquellos candidatos que hayan sido víctimas de tal abuso, cuando esas medidas no permiten sancionar debidamente tal utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión". Tampoco constituyen medidas adecuadas para prevenir y sancionar los abusos de temporalidad "el pago de indemnizaciones tasadas con un doble límite máximo en el momento de la extinción de esa relación laboral en un régimen de responsabilidad de las administraciones públicas de carácter ambiguo, abstracto e imprevisible".
En relación con la figura del personal indefinido no fijo, la conclusión del TJUE establece que se trata de una medida "que supone mantener una relación laboral de naturaleza temporal y, por tanto, la situación de precariedad del trabajador afectado, no permite sancionar debidamente tal utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión".
Los litigios por la elevada tasa de interinidad en España acumulan varios fallos judiciales tanto en España como en la UE. El TJUE no cuestiona la directriz constitucional de que para entrar en la función pública se debe pasar por procesos selectivos que garanticen los principios de igualdad, mérito, capacidad y no discriminación. El Tribunal Supremo lo ha dictaminado así tras los recursos presentados desde colectivos de interinos y fallos de juzgados para hacer directamente fijos a los trabajadores en abuso de temporalidad. El Supremo volvió a preguntar al TJUE ante las dudas suscitadas tras la interpretación realizada por la justicia comunitaria en relación con la Directiva 1999/70 sobre trabajo de duración determinada y es ahora cuando los jueces comunitarios se pronuncian sobre la clara insuficiencia de las medidas con la que España intenta frenar la elevada precariedad en el empleo público.
Ley estatal
Cuando el Gobierno aprobó la ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público el objetivo inicial era bajar la tasa de interinidad hasta el 8%, pero después de haberse completado los procesos de estabilización el propio Ministerio de Función Pública admite que ha logrado que la tasa de temporalidad se haya reducido seis puntos, de un 39% en 2023 al 32,7% en la actualidad, muy lejos aún del 8%. En el caso de Canarias, tras la estabilización en la Administración General se calcula que la tasa se encuentra por encima del 15%.
Las reacciones al fallo del TJUE son dispares. El abogado Javier Arauz, especialista en la materia, asegura que el Gobierno de España deberá legislar para transformar en fijos a los empleados públicos víctimas de abuso por temporalidad tras conocerse la sentencia comunitaria. Arauz ha recordado que la sentencia "obliga a hacer fijos a los interinos sin otra alternativa". La directiva europea, ha explicado el abogado, exige que se sancione a los empleadores, sancionando "que en el futuro no haya más abusos"; pero es que el TJUE no habla sólo de sancionar sino de compensar, y los tribunales españoles no establecen sanciones, por lo que "el Estado se va siempre de rositas", advirtió.
Pero el Gobierno no se da por aludido y el Ministerio de Función Pública descarta convertir en fijos a los trabajadores interinos de la administración pública que acumulan años (incluso décadas) encadenando contratos temporales de forma fraudulenta. El Ejecutivo interpreta que el fallo del TJUE no obliga a otorgarles la plaza fija. En un comunicado difundido por Función Pública, el ministerio se hace eco de un párrafo de la sentencia que dice lo siguiente. "El Acuerdo Marco no impone a los Estados miembros una obligación general de transformar en contratos por tiempo indefinido los contratos de trabajo de duración determinada".
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