Elena Muñoz, coordinadora estatal del servicio jurídico de CEAR: "El Pacto de Migración y Asilo supone un paso atrás"
La experta recalca que la nueva normativa de la UE prioriza el control de fronteras, los retornos y los procedimientos acelerados

Elena Muñoz, coordinadora estatal del servicio jurídico de CEAR / Andrés Cruz

El Pacto Europeo de Migración y Asilo introduce una uniformidad de criterios, ¿puedo esto reducir la capacidad de los Estados de adaptarse a contextos nacionales?
Aunque la mayoría de los instrumentos son reglamentos de aplicación directa, su naturaleza es en parte diferente, ya que estos reglamentos otorgan cierto margen de maniobra a los Estados miembros. Hay cláusulas del tipo «el Estado miembro podrá» o incluso disposiciones que remiten a que el Estado miembro lo determine en su derecho nacional. En este contexto, el Estado español debe hilar fino para adaptar la realidad española, y en particular la de Canarias, a las nuevas obligaciones que establece el pacto.
Aún hay incertidumbres sobre el Pacto, pero una de las medidas claras es la creación de centros de retorno en terceros países. ¿Cómo puede la UE garantizar que no se produzcan devoluciones en cadena hacia países inseguros?
En el articulado sobre terceros países seguros y país de origen seguro se prevé que, en los acuerdos bilaterales que puedan establecer los Estados miembros de la Unión Europea con estos países se incluyan mecanismos de seguimiento. Han quedado bastante desdibujados respecto a la propuesta inicial. Una de las claves será precisamente qué mecanismos de seguimiento se establecen para vigilar posibles vulneraciones de derechos humanos en esos países declarados seguros. Y, en segundo lugar, la cuestión de la posible devolución en cadena. Es una realidad a la que nos podemos enfrentar.
La vulneración de derechos humanos está sobre la mesa...
Sí, y contamos con jurisprudencia suficiente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que establece que un Estado parte del Convenio Europeo de Derechos Humanos puede ser responsable de una violación de derechos humanos si el tercer Estado al que ha devuelto a una persona extranjera la somete a una devolución en cadena hacia otro país. Estas obligaciones ya existen y siguen plenamente vigentes; no desaparecen con el Pacto.
"El Pacto no impide que se realicen derivaciones desde las Islas Canarias a la Península"
Otra contradicción es la ausencia de vínculo entre los migrantes y estos terceros países...
Esta modificación introducida en marzo de 2026 elimina el criterio de conexión que hasta ahora exigía que la persona extranjera tuviera algún vínculo con el tercer país. El debate suele compararse con el modelo de Meloni en Italia, aunque en mi opinión se asemeja más al del Reino Unido con Ruanda. En ese caso, vimos cómo, a través de un litigio, el Tribunal Supremo del Reino Unido terminó declarando ilegal ese esquema. Por ello, es posible que en el caso español tengamos que acudir al Tribunal Constitucional o incluso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ya que existe una jurisprudencia bastante asentada que podría entrar en conflicto con estas regulaciones.
Las medidas que plantea el Pacto, ¿aliviarán la presión sobre los recursos de acogida de Canarias?
El Pacto no impide que se realicen derivaciones desde las Islas Canarias a la Península. No las fomenta, pero tampoco las prohíbe. Por tanto, habrá que ver cuál es la aplicación práctica que hagan las autoridades españolas.
Desde el punto de vista jurídico, ¿el pacto garantiza protección adecuada?
Hay muchas preocupaciones desde el punto de vista de los derechos humanos. Llevamos denunciándolas desde que el proceso comenzó en 2020 y, cuando finalmente se aprobó, también alzamos la voz. Hemos enviado propuestas sobre cómo creemos que puede aplicarse en nuestro contexto de la manera más garantista posible. Sigue habiendo preocupación. Existe el riesgo de que se produzca discriminación por nacionalidad. El hecho de que una persona provenga de un país con una tasa de protección inferior al 20%, como puede ser Marruecos, puede implicar que automáticamente se le tramite mediante un procedimiento acelerado. A partir del 12 de junio, lo que tocará será estar muy vigilantes caso por caso...
"A partir del 12 de junio, lo que tocará será estar muy vigilantes caso por caso..."
Pero los tiempos se reducen, lo que plantea una dificultad evidente...
Esto nos lleva de nuevo a la necesidad de una adecuada dotación de medios humanos, materiales y tecnológicos en las administraciones implicadas. Es fundamental que la Oficina de Asilo y Refugio, que es el organismo encargado de estudiar las solicitudes de protección internacional, cuente con los recursos suficientes para poder realizar ese análisis individualizado dentro de los plazos establecidos. Pero no se trata de contar con más recursos, sino también de garantizar una formación adecuada. Y no solo para la Oficina de Asilo y Refugio, sino para todas las personas que intervienen en el procedimiento.
Usted comentaba que España no ha hecho los deberes en el marco legislativo...
Las reformas legislativas, en el marco actual de la composición de nuestro Congreso de los Diputados, resultan complejas. Además, la cuestión migratoria, que está siendo utilizada políticamente por ciertos actores, dificulta la posibilidad de mantener un debate sosegado, algo que considero necesario en una reforma de este calado.
Las críticas al Pacto son muchas, ¿es un paso atrás?
Sí, el Pacto Europeo de Migración y Asilo supone un paso atrás tanto en el contexto europeo como en el español. Prioriza el control de fronteras, los retornos y los procedimientos acelerados y ágiles. Y, si estos procedimientos son ágiles y eficientes, es algo positivo. Nadie va a estar en contra de que una persona reciba protección en pocos meses. La preocupación surge cuando esa agilidad y rapidez en los procedimientos puede implicar una merma de garantías.
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