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Conflictos de competencias

El Estado impugna el complemento canario a las pensiones no contributivas

El Gobierno central cuestiona los 400 euros extras con que Canarias quiere mejorar las nóminas de los 41.734 isleños que cobran esta ayuda de mínimos

Tres pensionistas dan un paseo.

Tres pensionistas dan un paseo. / EFE

Las Palmas de Gran Canaria

El Gobierno central vuelve a manifestar discrepancias con la ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma y abre negociaciones con el Ejecutivo regional antes de interponer un recurso ante el Tribunal Constitucional. Tras lo sucedido con varios artículos de los presupuestos de 2025, las cuentas de este año también entran en riesgo de impugnación por el Estado, concretamente un artículo, una disposición adicional y una final. Uno de los desacuerdos se refiere a la iniciativa de la Comunidad Autónoma de abonar un complemento de 400 euros a los perceptores de pensiones no contributivas en dos pagos a abonar los meses de mayo y noviembre.

La comisión bilateral Canarias-Estado ha acordado la apertura de negociaciones con la designación de un grupo de trabajo para proponer soluciones a las discrepancias. Las diferencias entre las administraciones se pueden resolver antes del recurso de inconstitucionalidad en el plazo de nueve meses, según recoge la Ley del Tribunal Constitucional. Tras las negociaciones abiertas el pasado año, las dos administraciones no alcanzaron un acuerdo y el Consejo de Ministros recurrió al Constitucional dos preceptos, los referidos a la compatibilidad de sueldos de los gerentes del Servicio Canario de Salud (SCS) y a la inversión en puertos deportivos.

Uno de los preceptos que se impugnan en la ley de presupuestos autonómicos de 2026 es la disposición adicional 44 por la cual en este ejercicio las personas perceptoras de una pensión no contributiva percibirán un complemento de 400 euros, prestación excluida de la normativa de subvenciones, siendo de carácter personal, nominativa e intransferible. El texto hace referencia a que los requisitos para obtenerla deben estar conformes con la normativa reguladora de la Seguridad Social. Ya desde finales del año pasado el Gobierno central había advertido con llevar esta decisión al Tribunal Constitucional al considerar que se invade competencias estatales y ahora es cuando se ha puesto sobre la mesa abrir conversaciones antes de impugnar esta disposición de los presupuestos.

Renta de Ciudadanía

Las pensiones no contributivas las paga y regula el Estado y, según la tesis del Gobierno central, la normativa no puede verse invalidada o vulnerada por las posibles ayudas que puedan dictar las comunidades. El hecho es que hay pendiente una modificación de la ley de la Seguridad Social que está estancada en las Cortes y el Gobierno canario tomó la decisión de abonar este complemento a las familias más vulnerables en base a la Renta Canaria de Ciudadanía. Los cálculos que había hecho el Ejecutivo es que se podrían beneficiar unas 40.000 familias canarias que reciben una pensión media de 688 euros en el caso de las pensiones no contributivas por incapacidad y de 628 euros en las de jubilación. El Estado todavía no ha reconocido de forma expresa la compatibilidad entre los complementos autonómicos y las ayudas del sistema nacional pese a que se ha solicitado a la Seguridad Social articular una regulación que impida que una prestación autonómica descuente o bloquee la pensión. Aún no se ha realizado esta modificación legislativa.

El Estado también ha puesto reparos al artículo 56 de la ley de presupuestos en el que se recoge la regulación de la contratación de personal laboral temporal. El texto hace referencia al Estatuto de los Trabajadores y los contratos que pueden realizarse para atender necesidades urgentes e inaplazables. También se entra en el contrato de relevo por las jubilaciones parciales, una medida que en el caso de los funcionarios de carrera está suspendida temporalmente y no se ha activado, además de que es legislación básica del Estado.

El otro precepto impugnado es la disposición final sexta que modifica la ley 2/2008 del Cuerpo General de la Policía Canaria. Esta modificación hace referencia al acceso a los puestos de facultativos y técnicos mediante el sistema de concurso entre funcionarios en activo del cuerpo o mediante concurso oposición. Asimismo se faculta a suplir al jefe de la policía autonómica al consejero titular de Seguridad entre los mandos de la escala superior.

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