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Ya es oficial: la Ley de Propiedad Horizontal permite prohibir los paragüeros en el rellano

La justicia avala que los rellanos se consideran una zona común y, por tanto, colocar objetos personales como un paragüero exige autorización previa de la comunidad

Ya es oficial: la Ley de Propiedad Horizontal permite prohibir los paragüeros en el rellano

Ya es oficial: la Ley de Propiedad Horizontal permite prohibir los paragüeros en el rellano / Fotocasa

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A lo largo de los años, los pisos se van llenando de objetos, especialmente en aquellos edificios con rellanos amplios y espaciosos. El espacio en el interior de las viviendas se reduce y, en algunos casos, los vecinos terminan utilizando la propia zona común como una extensión de su hogar, dejando bicicletas, patinetes o los ya habituales paragüeros.

Sin embargo, esta práctica no está permitida por defecto y puede generar conflictos dentro de la comunidad de propietarios.

¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal?

La normativa, recogida en la Ley 49/1960, establece que cada propietario tiene derecho exclusivo sobre su vivienda, pero comparte con el resto de vecinos los elementos comunes del edificio. Entre estos espacios se encuentran no solo los pasillos o rellanos, sino también zonas como ascensores, portales, terrazas o azoteas, además de instalaciones comunes como la portería, el garaje o los sistemas de telecomunicaciones.

Por tanto, dejar objetos personales fuera de la vivienda puede considerarse una alteración del uso previsto de estos espacios. Esto incluye acciones habituales en algunos edificios como dejar bicicletas en la escalera, colocar muebles en el pasillo o instalar objetos que puedan obstaculizar el paso o la evacuación. En estos casos, la comunidad de propietarios puede exigir la retirada inmediata de los elementos.

¿Se pueden dejar objetos en el rellano?

La respuesta es clara: no sin autorización. La Ley de Propiedad Horizontal establece que el rellano no forma parte del espacio privativo de cada vivienda, sino que se trata de un elemento común del edificio.

Por ello, su uso está destinado al tránsito, la evacuación y la convivencia vecinal, no al almacenamiento de objetos personales. Es decir, cualquier uso que implique ocupar o modificar este espacio común requiere el consentimiento expreso de la comunidad de propietarios.

Además, la normativa recuerda que todos los vecinos están obligados a respetar las instalaciones comunes y hacer un uso adecuado de las mismas. El rellano, por su función, debe mantenerse libre para garantizar la seguridad, la accesibilidad y la correcta evacuación del edificio en caso de emergencia.

Por ello, cualquier uso del rellano como “extensión” de la vivienda necesita un acuerdo previo de la comunidad, ya que no está amparado automáticamente por la ley. La convivencia vecinal, la seguridad y el libre tránsito siguen siendo prioritarios, por lo que cualquier objeto colocado fuera del domicilio deberá contar previamente con la autorización de la comunidad.

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