Confirmado por la ley: esto tienen que hacer los inquilinos para no indemnizar al casero si dejan el piso antes de tiempo
La normativa reconoce el derecho del arrendatario a desistir del contrato, pero fija límites y requisitos concretos para hacerlo sin consecuencias económicas adicionales

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez (c), atiende a los medios antes de la reunión de la Conferencia Sectorial de Vivienda y Agenda Urbana, en la sede del Ministerio / Alberto Ortega - Europa Press
En un mercado tan cambiante e inestable como el de la vivienda, muchos inquilinos intentan prolongar sus alquileres el máximo tiempo posible, pudiendo permanecer en el inmueble hasta cinco años. Sin embargo, en ocasiones y por diferentes circunstancias personales, laborales o económicas, se ven obligados a abandonar la vivienda antes de que finalice el contrato.
Aunque dejar un piso alquilado antes de la fecha pactada es completamente legal, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece una serie de condiciones que los inquilinos deben cumplir para evitar posibles indemnizaciones al casero.
¿Cuándo puede un inquilino dejar un piso de alquiler?
Atendiendo a lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el inquilino puede abandonar la vivienda una vez hayan transcurrido al menos seis meses desde la firma del contrato de alquiler. Además, deberá comunicar su decisión al propietario con una antelación mínima de 30 días.
Por tanto, si el arrendatario cumple con ambos requisitos —haber permanecido al menos seis meses y avisar con un mes de antelación— podrá poner fin al contrato de manera completamente legal.
¿Cuánto puede reclamar el propietario?
Según establece la Ley de Arrendamientos Urbanos, la indemnización equivaldrá a una mensualidad de renta por cada año de contrato pendiente de cumplir. En caso de que quede un periodo inferior a un año, la cantidad se calculará de forma proporcional.
Por ejemplo, si al contrato todavía le restan dos años completos y existe dicha cláusula, el casero podrá reclamar dos mensualidades. Si únicamente quedan seis meses, la indemnización se reducirá proporcionalmente.
Sin embargo, el propietario solo podrá reclamar esta compensación económica si existe una cláusula específica firmada previamente en el contrato de alquiler. Es decir, el casero no puede exigir una indemnización por defecto únicamente porque el inquilino abandone la vivienda antes de tiempo. Para que exista esa obligación, debe aparecer expresamente reflejada en el contrato firmado entre ambas partes.

El precio del alquiler y el presupuesto de los inquilinos / LP / DLP
Ante la situación de incertidumbre que vive actualmente el mercado de la vivienda en España, y especialmente en Canarias, cada vez son más los inquilinos que se ven obligados a cambiar de piso antes de lo previsto.
Por ello, revisar las cláusulas del contrato antes de firmar y conocer los derechos y obligaciones que establece la ley se ha convertido en algo fundamental para evitar conflictos y posibles costes inesperados al abandonar una vivienda de alquiler.
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