El Supremo confirma hasta 10 años de cárcel para los canarios detrás del mayor laboratorio de pasta de cocaína de Europa
La sentencia confirma que uno de los responsables de la capital grancanaria desempeñó un papel clave como encargado de supervisar y coordinar el negocio


El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de nueve y diez años de cárcel para los dos integrantes canarios de una organización de narcotráfico que gestionaba desde Pontevedra el mayor laboratorio de pasta de cocaína de Europa. La sentencia atribuye un papel clave a uno de los implicados del Archipiélago como encargado de supervisar y coordinar la actividad, promovida y liderada por otras personas establecidas en el extranjero.
La operación se inició en octubre de 2022 en una vivienda de la calle San Bernardo, en Triana, donde fueron apresadas 18 personas implicadas en el clan, que estaba siendo controlado por otros criminales desde México y Colombia. Su objetivo era transformar pasta base en clorhidrato de cocaína, lista para su consumo en una vivienda aislada de Cerdedo-Cotobade, en Galicia.
Las pesquisas comenzaron por parte del grupo de la Udyco de Las Palmas de Gran Canaria, que seguía la pista a dos individuos investigados con anterioridad en la Isla por su relación con el tráfico de drogas. Los agentes detectaron que realizaban viajes frecuentes y de corta duración a la Península, en concreto a Madrid y Galicia, además de desplazamientos a Colombia con otras ciudades interpuestas como medida de seguridad, como Miami, Londres o Santo Domingo.
Diferentes cometidos
Esta serie de movimientos arrojaron sólidas sospechas de lo que se reveló como un entramado internacional de narcotráfico, con diferentes cometidos para la distribución de la sustancia estupefaciente en España. Para ello, según recoge la resolución judicial, prepararon un laboratorio clandestino de extracción y elaboración de cocaína a partir de la droga que llegaba desde el extranjero oculta en mercancía legal.
A raíz de las vigilancias y seguimientos policiales llevados a cabo, se tuvo conocimiento de dicha estructura integrada por individuos españoles, que recibían instrucciones e indicaciones de un individuo colombiano apodado el Casposo y otro mexicano conocido como Pitufo. Mientras tanto, en España estaban al mando Botines y otro acusado identificado con los motes de Corsario y Culebras.
La trama, con 18 personas detenidas, estaba controlada por narcotraficantes de México y Colombia
La trama adquirió una ingente cantidad de precursores químicos que almacenó en un chalé de Colmenar Viejo, en Madrid, para su posterior transporte y almacenamiento en una nave de Pontevedra. Las sustancias químicas, alrededor de las 15 toneladas y tanto líquidas como sólidas, se transportaban a Galicia ocultas en palés recubiertos de un filme de color negro para que pasara desapercibido incluso para el transportista.
El apodado como Botines fue uno de los cuatro penados que recurrió el fallo ante el Alto Tribunal. El canario renegó su condición de jefe y alegó que era un "miembro o integrante más" de la red criminal y, como tal, carecía de capacidad decisoria. Según su versión, su función se limitaba a recibir órdenes e instrucciones por parte de sus superiores en el escalafón que iba cumpliendo.
Dirigía el negocio en España
"Debe advertirse primeramente que, como precisa con mayor rigor la sentencia de apelación, no se le considera propiamente jefe, sino encargado: asume la supervisión y coordinación de la actividad que es promovida y liderada por otras personas establecidas en el extranjero", determina la resolución. Recuerda que el hecho de recibir órdenes de otros jefes no excluye su condición de encargado, es decir, como persona a la que se confía la dirección del negocio.
La Sala de lo Penal advierte que el acusado recibía instrucciones de los líderes de la operación desde México y Colombia y quedaba como uno de los encargados de la infraestructura que debía montar en España. Así, entre él y Corsario dotaron a la operación de vehículos, una nave y un chalet a nombre de distintas sociedades, y desplazaban a Portugal para acelerar los trámites a una persona de su confianza.
"Esto hacen que deban ser considerados como encargados y sean merecedores de la agravación", establece el tribunal. La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso.
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