El Poder Judicial marca precedente: permite que una jueza canaria renuncie a su plaza para mantener la custodia de sus hijos
El pleno accede a la petición de la magistrada al considerar que el hecho de que no se traslade a un tribunal gallego no altera la prestación del servicio

La presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perelló (c), preside un Pleno del CGPJ. / CGPJ

El Consejo General del Poder Judicial ha marcado un importante precedente para la conciliación familiar de los jueces españoles al permitir que una magistrada de Lanzarote renuncie a la plaza que obtuvo en Galicia para mantener la custodia de sus hijos.
El fallo, sin embargo, no es aplicable en todos los casos. La situación de la jueza permite detener el concurso a tiempo debido a que aún no se había producido el cese de la persona que ocupaba el cargo y, por tanto, no supone un perjuicio a terceros ni altera la prestación del servicio.
El pleno acordó este miércoles la estimación del recurso de alzada interpuesto por la afectada contra el acuerdo adoptado por la Comisión Permanente el 17 de febrero, por el que se rechazaba su petición de no ser trasladada a otra comunidad autónoma. La jueza solicitó que, debido a circunstancias familiares sobrevenidas, se aceptara su renuncia al destino al que optó de forma voluntaria.
Un caso "excepcional"
El concurso ya había sido resuelto y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 20 de enero. Este hecho llevó a que la judicatura no admitiera inicialmente su solicitud, pues consideraba que iba en contra de la obligación de tomar posesión de su cargo que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial. La no ocupación de la plaza conllevaba, hasta ahora, una medida tan drástica como es la renuncia a la carrera judicial.
Sin embargo, los vocales han resuelto la controversia al apreciar que, "de forma estrictamente excepcional y no generalizable", concurren en este caso las circunstancias que permiten declarar la "ineficacia de la adjudicación de la plaza obtenida".
El padre de los menores, tras conocer su destino, se negó a que los niños cambiaran de residencia
La magistrada se vio obligada a replantearse su traslado a otra comunidad autónoma por la negativa de su exmarido a aceptar que sus hijos, menores de edad y a cargo de su madre, se desplazaran a otra localidad y cambiaran de centro educativo, según recoge El País. Por tanto, de seguir adelante con el concurso se habría visto obligada a iniciar una batalla judicial con el padre de los niños.
Dicha situación abrió una controversia entre los vocales del Consejo debido a que, por un lado, la ley no permite renunciar a una plaza ya adjudicada, pero a la vez están obligados a priorizar el interés superior de los menores, que se verían expuestos a un extenso conflicto entre sus padres.
Razones de fuerza mayor
La jueza informó a la Comisión Permanente de que su expareja, tras conocer que había conseguido el destino que había solicitado, se negó a que sus hijos cambiaran de residencia debido a su corta edad. Pidió que analizaran su reclamación bajo una perspectiva de género e infancia, que equiparó con otras situaciones de fuerza mayor como la detección de enfermedades graves que hacen inviable el desplazamiento.
Asimismo, se da la coyuntura valorada por los vocales de que era la única persona que optó a la plaza y su cese del destino actual quedó pospuesto hasta el 19 de junio para no interferir en el curso escolar de los niños. De esta forma, ni había tomado posesión en su nuevo puesto ni el antiguo había salido a concurso.
La resolución del Consejo, con la fiscal Inés Herreros como ponente, fija un criterio que abre la posibilidad a renunciar a una plaza judicial cuando concurren circunstancias sobrevenidas y se puede mantener sin incidencias la prestación del servicio.
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