Hacienda lo hace oficial: los ayuntamientos podrán subir la plusvalía municipal usando el valor de referencia catastral de las viviendas
La nueva interpretación fiscal podría obligar a tributar por la plusvalía municipal sin haber obtenido beneficio real en la venta

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez. / José Luis Roca
En medio de un mercado inmobiliario cada vez más tensionado, los ayuntamientos podrán apoyarse en el valor de referencia catastral para incrementar la recaudación de la plusvalía municipal, incluso en los casos en los que el inmueble se haya vendido por debajo del precio de mercado o con pérdidas.
La medida, recogida en una consulta de la Dirección General de Tributos y que ha generado preocupación entre expertos fiscales, abre la puerta a que los consistorios revisen operaciones de compraventa y utilicen este valor como base del impuesto, lo que podría afectar directamente a miles de contribuyentes en España.
La plusvalía municipal cambia de enfoque
La Dirección General de Tributos, organismo dependiente del Ministerio de Hacienda, ha señalado en una consulta reciente que los ayuntamientos pueden utilizar el valor de referencia del Catastro como criterio para comprobar el precio declarado en una venta inmobiliaria.
En caso de discrepancia, si el valor de referencia es superior al precio de transmisión declarado por el contribuyente, el consistorio podrá emplearlo para calcular la base imponible de la plusvalía municipal. Esto implica que un propietario podría llegar a tributar incluso en operaciones en las que no haya obtenido beneficio o incluso haya perdido dinero.
Hasta ahora, tras las sentencias del Tribunal Constitucional, el contribuyente podía acreditar mediante las escrituras que no existía incremento del valor del terreno. Sin embargo, con este nuevo criterio, el valor de referencia podría imponerse sobre el precio real de la operación.
Un precedente que podría afectar al IRPF
Los expertos advierten de que esta interpretación podría abrir la puerta a su aplicación en otros impuestos, como el IRPF en la venta de viviendas. Aunque la normativa vigente establece que se toma como referencia el precio real de venta, la Administración podría recurrir al valor de mercado fijado por el Catastro si lo considera superior, generando posibles ajustes fiscales.

Últimas viviendas públicas entregadas por Visocan en Agaete. / José Pérez Curbelo
En este contexto, el valor de referencia catastral gana peso frente a las escrituras de compraventa, lo que podría incrementar la carga fiscal en determinadas operaciones inmobiliarias. En la práctica, este cambio refuerza el papel del Catastro como herramienta clave en la tributación de la vivienda en España y abre un nuevo debate sobre la forma de calcular los impuestos vinculados a la propiedad.
- Francisco Etxeberria, antropólogo forense: 'Cuando la derecha se irrita con la memoria democrática es porque tiene un complejo de culpabilidad
- Es oficial: Canarias tiene uno de los radares más activos de España y la DGT recomienda levantar el pie del acelerador para evitar sanciones
- La DGT cambia las normas: los vehículos canarios con más de 10 de antigüedad tendrán que pasar la ITV en un nuevo periodo
- Parece las Maldivas pero está en Canarias: la playa paradisíaca y de agua cristalina que te hará viajar sin salir de las islas
- Shania Gil rompe su silencio tras tatuar a las exintegrantes de Nueva Línea: 'El director me obligó a borrar el vídeo
- Nueva convocatoria de oposiciones en Canarias: estos son los puestos, las plazas y las fechas de examen
- Es oficial: la DGT cambia la renovación del carné para los conductores que cumplen entre 65 y 70 años en 2026
- La soga del teléfono: un sistema de salud que ahoga a los enfermeros en Canarias
