Administración pública
El Gobierno de Canarias endurece la normativa que regula el teletrabajo de los empleados públicos
El Gobierno canario reformará la normativa del teletrabajo para empleados públicos, incluyendo la obligatoriedad de detallar la viabilidad a distancia de cada puesto

El Portavoz del Gobierno autonómico Alfonso Cabello durante la rueda de prensa del Consejo de 27 de julio
J. Plasencia
El Gobierno de Canarias modificará las reglas que regulan el teletrabajo de los empleados públicos autonómicos después de dos años de aplicación del decreto aprobado en 2023. La reforma obligará a determinar qué puestos pueden desempeñarse a distancia y establece que las solicitudes se considerarán rechazadas si la Administración no responde en un plazo de tres meses.
La modificación llega después de que la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios Públicos detectara una serie de «disfuncionalidades» durante los dos primeros años de aplicación de la norma. El Ejecutivo plantea ahora varios cambios para mejorar el funcionamiento de esta modalidad y adaptar su regulación a las modificaciones introducidas posteriormente en materia de empleo público. Tras el Consejo de Gobierno, el portavoz del Ejecutivo autonómico, Alfonso Cabello, destacó las dos novedades «más relevantes» de la reforma.
Tres meses para responder
La primera de ellas afecta a las relaciones de puestos de trabajo (RPT). Todos los departamentos deberán incluir un apartado en el que se especifique «si el puesto es susceptible o no de ser desempeñado en modalidad de teletrabajo», según explicó Cabello. De esta forma, quedará determinado qué puestos de la Administración autonómica pueden acogerse a esta modalidad.
El silencio de la Administración durante tres meses supondrá el rechazo de la petición
La segunda novedad afecta a las solicitudes. La persona titular del centro directivo tendrá un máximo de tres meses para autorizar o denegar la petición mediante una resolución motivada. Si la Administración no responde dentro de ese periodo, la solicitud se entenderá desestimada.
«La norma establece que se considere negativo el silencio administrativo en los procedimientos de autorización para la prestación de servicios en modalidad de teletrabajo», explicó Cabello.
La regulación establece haber prestado servicios de forma ininterrumpida durante al menos un año en la Administración autonómica y haber ocupado durante un mínimo de tres meses consecutivos el puesto para el que se solicita esta modalidad, u otro equivalente dentro del mismo centro directivo. Además, será necesario disponer de conocimientos tecnológicos suficientes para desempeñar las labores. Las solicitudes que vayan a recibir un informe favorable deberán contar además con un plan personal de trabajo.
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