La Provincia - Diario de Las Palmas

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Canarismos

Con la vara que mides, será medido

Luis Rivero

Este refrán rememora la máxima evangélica que advierte que «con la medida con que midáis, se os medirá y aun con creces» (Marcos 4,24); que en parecidos términos se repite en Mateo 7,2 («Porque con el juicio con que juzguéis seréis juzgados, y con la medida con que midáis se os medirá»). De donde probablemente se incorpora al refranero popular castellano. Al menos desde el siglo XVI encontramos referencias documentales en la que se citan estos pasajes bíblicos, si bien no existe constancia de cuándo se generalizó su uso, pero en cualquier caso el vulgo, en un determinado momento, lo hizo suyo en forma de proverbio popular que en castellano se expresa: «con la medida con que midáis, seréis medidos» y que en varias y parecidas versiones existen en otros ámbitos lingüísticos del entorno cultural del español (italiano, francés, portugués…). Pero la variante que ha tomado carta de naturaleza en las Islas es la misma que ha sobrevivido también en algunos ámbitos del español de América y que dice: «Con la vara que mides, serás medido».

«Vara» –dice el DRAE– es la medida de longitud que se usaba en distintas regiones de España con valores diferentes que oscilan entre 768 y 912 milímetros. Asimismo, se le dice «vara» a la barra de madera o metal que tiene la longitud de una vara y sirve para medir. Con mayor precisión en cuanto a su equivalencia con el sistema métrico decimal, el Diccionario de americanismos la define como una medida que, convencionalmente para algunos países de América, tiene un valor 835,9 mm. En las islas, la aplicación de esta medida de longitud ha desaparecido o, acaso, ha quedado relegada a un uso marginal, y, por ende, el empleo del término «vara» se ha perdido y tiene solo un valor testimonial. La equivalencia de esta medida de longitud en Canarias varía, dependiendo de las fuentes de referencia y zonas de las islas, de 835, 842 o de 880 mm., si bien es probable que al tratarse de un método de medición tradicional no exista un criterio unánime. De manera que puede suceder como con las fanegadas, las fanegas, los celemines y los cuartillos, todas estas unidades de superficie agrícola tradicionales y que tienen distinto valor en cada isla e incluso pueden variar por zonas dentro de una misma isla. Más allá de algunas referencias que podemos encontrar en textos y documentos antiguos, casi nadie habla hoy de varas como medida de longitud. Lo encontramos en el Diccionario de Historia Natural de Viera y Clavijo que menciona esta medida en la descripción de algún ave marina o al referirse a la altura de algunas especies arbóreas (como el «garzoto» que «suele crecer cinco o seis varas»); o el mismo Guerra en su Contribución, cuando describe el «balaco» o «balángo», una planta que crece espontánea entre los cultivos, «que tiene un tallo alto, a veces de hasta dos varas». Por tanto, la voz «vara» refiérese al palo de madera de un largo que podría variar según la costumbre del lugar y que sirve para medir longitudinalmente. Se trata de un arcaísmo del castellano que ha sobrevivido en la forma en que se expresa el dicho comentado, tanto en Canarias como en algunos ámbitos del español de América. El verbo «medir» se aparta de su sentido más habitual de determinar la dimensión física de algo, ya sea en altura, longitud, superficie o volumen. Y guarda un sentido figurado que en el contexto de la frase puede intercambiarse por juzgar, criticar, maltratar, castigar, punir, denigrar, faltar al respeto, vilipendiar. La expresión puede ser proferida como advertencia, reproche o admonición ante un comportamiento que se considera injusto, severo o incorrecto. La enseñanza que trasmite el dicho es que como mismo alguien se comporta con los demás, así será tratado y, por tanto, conviene mostrar respeto y generosidad hacia las personas, si se quiere que los demás sean condescendientes. En determinadas situaciones vaticina algo que sucederá y que, a veces, puede convertirse en velada amenaza o maledicencia; o bien puede ser considerado una premonición que augura un resultado retributivo como consecuencia de un comportamiento consciente. De lo que se viene a inferir subliminalmente que nuestras acciones, «buenas» o «malas», suponen siempre onerosos efectos, una repercusión «kármica», por así decirlo, de los actos ejecutados en relación con nuestros semejantes. En definitiva, como señalan otras sentencias afines: «No juzgues, y no serás juzgado», «lo que no quieres para ti no lo quieras para otro/mi» y no desear nunca el mal ajeno porque «el que la hace, la paga», que supone una singular variante popular del «ojo por ojo...».

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