El PP es el único partido que ha expresado en el Congreso su oposición a la pretensión del Gobierno de permitir que los clubes deportivos acogidos a la Ley Concursal también puedan descender de categoría en caso de impagos. Según los 'populares', la viabilidad de la empresa es imprescindible para pagar a los acreedores y, en el caso de las entidades deportivas, eso pasa por continuar en las competiciones oficiales sin perder la categoría.

Actualmente, a los clubes sujetos a un procedimiento concursal no se les aplica la sanción de descender de categoría por no pagar las deudas pendientes con la Seguridad Social, con sus deportistas o con otros acreedores. Prevalece el criterio de que su clasificación es un activo de la entidad que no debe perderse porque haría peligrar sus ingresos.

Con ese sistema, son muchos los clubes de fútbol y de otros deportes que se han acogido a la Ley Concursal, poniéndose voluntariamente en manos de un juez, para así asegurarse de que las deudas no les harían perder la categoría.

El Gobierno ha querido romper con esa dinámica y, en su proyecto de reforma de la Ley Concursal ha incluido una disposición adicional para dejar claro que la sujeción al procedimiento concursal "en todo caso no impedirá la aplicación de las disposiciones con rango de ley reguladoras de la participación en la competición".

Según argumenta el Ejecutivo, se trata de "evitar interferencias indeseables en las competiciones deportivas" pues "el incumplimiento de las reglas de juego exigibles para poder participar en ciertas competiciones deportivas por parte de las entidades concursadas, compromete a la competición en su conjunto y a los potenciales competidores".

PSOE: Basta de distorsiones

"Con esta reforma se pretende evitar las distorsiones que pueden plantear tanto la aplicación de una lógica exclusivamente económica a las actividades deportivas, como la preterición absoluta de legislación que regula la participación en competiciones deportivas, evitando así el uso indeseado o abusivo de ciertos instrumentos previstos en la Ley Concursal y garantizando la estabilidad e igualdad en las competiciones deportivas", sostiene el Gobierno.

En el Congreso, donde la próxima semana comienza a estudiarse el proyecto de ley en el seno de una Ponencia de la Comisión de Justicia, este cambio legal no ha sido objeto de enmienda por parte ningún grupo parlamentario salvo por el PP, que apuesta por mantener la situación actual eliminando la reforma ideada por el Ejecutivo.

En su enmienda, a la que tuvo acceso Europa Press, el PP alega que las entidades deportivas que participen en competiciones oficiales "no son un sector estratégico del orden económico, por lo que las normas especiales en materia deportiva no pueden menoscabar la aplicación de la Ley Concursal ni la jurisdicción exclusiva y excluyente del juez del concurso, ni sus competencias", que "no admitirán más restricciones o limitaciones que las que el propio juez acuerde".

A su juicio, "la aplicación de las especialidades que para las situaciones concursales prevea la legislación del deporte y sus normas de desarrollo podría poner en serio peligro la supervivencia de las entidades deportivas declaradas en concurso y chocaría frontalmente con el interés de sus concursos y el principio de maximización del valor del activo para lograr la mayor satisfacción de los acreedores".

PP: Es básico mantener la categoría P

"La viabilidad o continuidad normal de la empresa es absolutamente imprescindible para el pago de los acreedores por medio de un convenio, que pasa por que las entidades deportivas continúen en las competiciones oficiales, ya que solo así obtendrán los ingresos que podrían satisfacer los créditos contra la masa y los créditos concursales", sostiene.

En cambio, "si se impide o coarta el desarrollo de su actividad, cesan todos los ingresos derivados de taquillas, abonos, derechos televisivos, patrocinios institucionales, contratos o derechos de imagen, y, a su vez, se cercena la posibilidad de futuros traspasos a otras entidades deportivas, todo ello contra la decisión judicial de continuación de la actividad de la concursada y en demérito de la masa activa".