La CE aprobó este martes una propuesta de regulación para limitar el poder de las agencias de calificación de riesgo, pero finalmente ha decidido posponer la introducción de una prohibición temporal de notas de deuda soberana de países en crisis.

Después de que la aprobara el Colegio de Comisarios, el comisario europeo del Mercado Interior, Michel Barnier, presentó la propuesta, que también establece que las agencias tendrán que informar sobre el razonamiento detrás de una determinada nota y actualizar sus calificaciones cada seis meses en lugar de los doce actuales.

En cuanto a la suspensión temporal de las notas de deuda soberana de países rescatados o de Estados que negocian un programa de asistencia financiera, Barnier ha anunciado, que finalmente se ha pospuesto porque consideran que se necesita "más tiempo para entrar en los detalles".

Uno de los considerados pilares de la medida es que las agencias de calificación tendrán que dar más tiempo a los emisores de títulos para poder reaccionar a un cambio en la nota.

Así, tendrán que publicar sus calificaciones después del cierre de los mercados y al menos una hora antes de su apertura en la UE.

Además, deberán informar a los emisores afectados de una nota o de la publicación de una perspectiva durante el horario de trabajo y con al menos un día laboral de antelación para que puedan verificar los datos, frente a las 12 horas que estipula la actual regulación.

La Comisión quiere evitar de este modo las rebajas por sorpresa y fomentar la transparencia y el rigor en la elaboración de las notas.

Con el fin de reducir la dependencia de las calificaciones y de las agencias, sobre todo de las tres grandes -Moody's, Fitch y Standard & Poors-, la Comisión quiere introducir la rotación obligatoria, de forma que ninguna pueda calificar al mismo cliente más de tres años.

Hay excepciones, no obstante, como cuando un emisor contrata a más de una agencia para que califique su credibilidad crediticia o sus instrumentos financieros: en ese caso solo una de las agencias tendrá que respetar el límite de tres años, aunque el contrato no debe exceder la duración total de seis.

En lo que se refiere a los instrumentos de deuda de una entidad, la Comisión propone que la agencia deje de evaluar a un emisor cuando haya calificado 10 veces seguidas sus títulos en un año.

Se establece además un "periodo de enfriamiento" de cuatro años, por lo que la agencia no podrá volver a calificar al mismo cliente hasta pasado ese periodo.

No obstante, la norma de rotación no se aplica a las evaluaciones no solicitadas o al caso de las calificaciones de deuda soberana.

En cuanto al marco europeo de responsabilidad civil que la Comisión quiere crear para las agencias de calificación de riesgo en el caso de que violen, intencionadamente o con una negligencia grave, la regulación, Barnier pretende que sean las propias firmas de "rating" las que tengan que probar su actuación.