Casi tres desahucios al día se ejecutaron en las Islas el pasado año. Los tribunales canarios tramitaron en 2012 un total de 1.316 solicitudes de desalojo de las que 956 se cumplieron. En el quinquenio de la crisis (2008-2012) un total de 3.855 viviendas, locales o segundas residencias han pasado en el Archipiélago a manos de los bancos o han sido subastadas; en el mismo período, las ejecuciones hipotecarias sumaron 15.492 en las Islas y 252.826 en España. Según datos dados a conocer ayer por el Consejo General de Poder Judicial (CGPJ) los desahucios durante 2012 en todas las comunidades autónomas alcanzaron las 46.406, un 13,9% más que el año anterior.

Las cifras dan alas a la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) que impulsa una Iniciativa Legislativa Popular avala por 1.402.854 - desde el 12 de febrero en trámite en el Congreso de los Diputados- a favor de la dación en pago, un sistema por el cual la deuda queda saldada tras entregar las llaves a la entidad con la que firmó el contrato hipotecario. Pero, ¿es esa la solución?

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, se mostró la pasada semana abiertamente contrario a la aplicación de este sistema -regulado ya en el artículo 140 de la Ley Hipotecaria- con carácter general. La causa: "podría dañar sin remedio las garantías hipotecarias y el acceso futuro de todas las familias a los préstamos hipotecarios".

La Fundación de Estudios Financieros (FEF) que ayer presentó en Canarias su Informe sobre el mercado hipotecario español respalda la tesis del Ejecutivo nacional. La dación en pago, subraya Alfredo Jiménez, director de Análisis y Estudios, "no es la mejor de las alternativas. Ni para el deudor ni para la entidad ni para el sistema".

En Estados Unidos, donde el sistema empezó a funcionar tras el estallido de las hipotecas basura -en once de los 50 estados y solo en dos de ellos es obligatorio para la entidades financieras-, se ha demostrado que la insolvencia estratégica o especulativa de las daciones en pago es del 26%; además la fórmula no evita el desahucio, sólo permite saldar la deuda con la entrega de la vivienda siempre y cuando haya sido pactado de antemano en el contrato. Es decir, a cambio de un canon que encarece el precio de la hipoteca en hasta dos puntos; además quien opta por entregar las llaves pasa a engrosar un registro de insolventes que le impide acceder a nuevos créditos durante siete años.

El sistema americano ya ha sido puesto en duda por el Fondo Monetario Internacional. "Tanto es así" apunta Alfredo Jiménez, que lo han descartado otros países donde se ha planteado este debate, como Australia o Japón.

¿Porqué? La Fundación de Estudios Financieros, que preside en Canarias Francisco Torres del Castillo, sostiene que: además de que es una fórmula que no se contempla en nuestro ámbito europeo, crearía inseguridad jurídica, incrementaría la volatilidad del precio de los inmuebles por la aparición de prestatarios oportunistas que cuando el valor del préstamo se situara por encima del valor de la vivienda entregarían ésta adquiriendo una nueva a un precio inferior y, de modo determinante, el sistema financiero se desestabilizaría.

Y es que no hay que olvidar, señala el Jiménez en el estudio, que hay alrededor de 500.000 millones de euros de cédulas hipotecarias y fondos de titulación hipotecarios que están distribuidos por el mundo y son los que sirven de garantía en las operaciones de prestamos del eurosistema a los bancos españoles. Es decir, buena parte de las hipotecas ya no están en manos de las entidades con que se contrataron sino que pertenecen a fondos de titulación o a inversores. Los famosos mercados.

Con la dación en pago se dificultaría la refinanciación de las entidades de crédito, se propicia la bajada de sus ratings y la subida de la prima de riesgo al tiempo que pondría freno al dinero que los préstamos futuros amen de encarecerlos.

¿Cuál es la alternativa? La FEF pone el foco en la ley de segunda oportunidad que se aplica en Francia, Portugal o Alemania y que prevé para quienes incurran en insolvencia fortuita acogerse a un plan de pagos para afrontar el sobreendeudamiento si con la venta de la vivienda no salda de deuda. Si se fracasa, un juez tutelaría la liquidación de la misma.